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Recurso interpuesto el 26 de junio de 2009 - Strack/Comisión

(Asunto F-62/09)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Guido Strack (Köln, Alemania) (representante: H. Tettenborn, abogado)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Objeto y descripción del litigio

Anulación de la decisión de la demandada mediante la que se deniega la reclamación del demandante de 27.11.2008 por considerarla falta de objeto y la solicitud del demandante de una indemnización de daños y perjuicios.

Pretensiones de la parte demandante

El demandante solicita:

Que se anule la decisión presunta de 8.11.2008 de la Comisión de las Comunidades Europeas denegatoria de la solicitud del demandante de 8.5.2008 y, en lo menester, en relación con dicha solicitud o con la reclamación nº 4, que se anule asimismo la decisión desestimatoria de la Comisión de 27.3.2009.

Que se condene a la demandada a pagar una indemnización apropiada de, como mínimo, 15.000 euros por los retrasos en la tramitación del procedimiento de evaluación y promoción y los perjuicios derivados de la conducta infractora observada hasta este momento por la Comisión en relación con dicho procedimiento, hasta la litispendencia del presente recurso, y también por la no ejecución de las sentencias recaídas en los asuntos T-85/04 y T-394/04.

Que se condene, además, a la Comisión, en relación con los demás perjuicios similares irrogados, a pagar una indemnización apropiada en la cuantía de, al menos, 10 euros por día a contar del día siguiente a la litispendencia del presente recurso hasta el día en que se hayan ejecutado las sentencias recaídas en los asuntos T-85/04 y T-394/04 mediante la conclusión conforme a Derecho de los ejercicios de evaluación y promoción relativos al demandante, que son objeto de dichas sentencias, conclusión que, en el supuesto de que se estime el quinto motivo del presente recurso, equivaldrá al pago de la indemnización en su integridad.

Que se condene a la demandada a pagar al demandante en concepto de indemnización la cantidad de, al menos, 5.000 euros por las falsas afirmaciones contenidas en el escrito de aquélla de 27.3.2009 que atentan contra el honor y la reputación profesional del demandante, más allá de la simple desestimación de la reclamación.

Que se condene a la demandada a pagar al demandante una indemnización por subrogación por importe de, en junto, al menos, 25.000 euros, ya que por causas de las que la demandada es la única responsable se frustró la posibilidad de seguir regularmente el procedimiento de evaluación y promoción que afecta al demandante.

Que se condene en costas a la Comisión de las Comunidades Europeas.

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