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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 9 de octubre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Kammergericht Berlin — Alemania) — Ejecución de una orden de detención europea emitida contra NJ

(Asunto C-489/19 PPU) 1

(Procedimiento prejudicial — Procedimiento prejudicial de urgencia — Cooperación policial y judicial en materia penal — Orden de detención europea — Decisión Marco 2002/584/JAI — Artículo 1, apartado 1 — Concepto de «orden de detención europea» — Exigencias mínimas de las que depende su validez — Artículo 6, apartado 1 — Concepto de «autoridad judicial emisora» — Orden de detención europea emitida por la fiscalía de un Estado miembro — Estatuto — Existencia de una relación de subordinación respecto de un órgano del poder ejecutivo — Potestad del ministro de Justicia para dictar instrucciones individuales — Homologación por un tribunal de la orden de detención europea antes de su transmisión)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Kammergericht Berlin

Partes en el procedimiento principal

NJ

con intervención de: Generalstaatsanwaltschaft Berlin

Fallo

El concepto de «orden de detención europea» del artículo 1, apartado 1, de la de la Decisión Marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros, en su versión modificada por la Decisión Marco 2009/299/JAI del Consejo, de 26 de febrero de 2009, debe interpretarse en el sentido de que, aunque las fiscalías de un Estado miembro se hallen expuestas al riesgo de estar sujetas, directa o indirectamente, a órdenes o instrucciones individuales del poder ejecutivo, por ejemplo, del ministro de Justicia, en el contexto de la emisión de las órdenes de detención europeas, las órdenes de detención europeas que esas fiscalías emitan están comprendidas en dicho concepto, en la medida en que tales órdenes de detención, para poder ser transmitidas por dichas fiscalías, deben necesariamente ser homologadas por un tribunal que, teniendo acceso a la totalidad de los autos de la instrucción, a los que se incorporan las eventuales órdenes o instrucciones individuales del poder ejecutivo, controla de manera independiente y con objetividad el cumplimiento de los requisitos de emisión de dichas órdenes de detención y la proporcionalidad de las mismas, adoptando así una resolución autónoma que da su forma definitiva a tales órdenes.

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1 DO C 280 de 19.8.2019.