Language of document :

Auto del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 24 de septiembre de 2019 — (petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad — Bulgaria) — Proceso penal contra QR

(Asunto C-467/19) 1

[Procedimiento prejudicial — Procedimiento prejudicial de urgencia — Cooperación judicial en materia penal — Directiva (UE) 2016/343 — Artículo 7, apartado 4 — Refuerzo en el proceso penal de determinados aspectos de la presunción de inocencia y del derecho a estar presente en el juicio — Derecho a guardar silencio y derecho a no declarar contra sí mismo — Acuerdo celebrado entre el fiscal y el autor de una infracción — Aprobación de dicho acuerdo por el juez — Requisito — Consentimiento de los demás acusados — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Inaplicabilidad]

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Spetsializiran nakazatelen sad

Parte en el proceso penal principal

QR

con intervención de: Spetsializirana prokuratura, YM, ZK, HD

Fallo

El artículo 7, apartado 4, de la Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por la que se refuerzan en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio, debe interpretarse en el sentido de que no regula la cuestión de si la aprobación por el juez de un acuerdo sobre la imposición de una pena negociada, como el controvertido en el litigio principal, celebrado entre un acusado de pertenencia a una banda organizada y el fiscal, puede quedar supeditada o no al requisito de que los demás acusados de pertenencia a esa banda organizada den su consentimiento a la celebración de dicho acuerdo.

____________

1 DO C 280 de 19.8.2019.