Language of document : ECLI:EU:F:2013:153

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
DE LA UNIÓN EUROPEA (Sala Segunda)

de 17 de octubre de 2013

Asunto F‑60/09 RENV

Gerhard Birkhoff

contra

Comisión Europea

«Función pública — Funcionarios — Devolución al Tribunal tras la anulación — Retribución — Complementos familiares — Asignación por hijo a cargo — Hijo que se encuentra afectado por una incapacidad o enfermedad grave que le impida subvenir a sus necesidades — Solicitud de que se prorrogue el pago de la asignación»

Objeto:      Devolución del recurso F‑60/09, inicialmente interpuesto al amparo de los artículos 236 CE y 152 EA, ordenada por la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 29 de noviembre de 2011, Birkhoff/Comisión (T‑10/11 P), que anuló la sentencia del Tribunal de la Función Pública de 27 de octubre de 2010, Birkhoff/Comisión (F‑60/09), que se había pronunciado sobre el recurso, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 24 de junio de 2009, mediante el que el Sr. Birkhoff solicitaba en lo sustancial que se anulara la decisión de la Comisión de las Comunidades Europeas de 14 de noviembre de 2008 en virtud de la cual se le denegó, a partir del 31 de diciembre de 2008, la prórroga del pago de la asignación por hijo a cargo que, en virtud del artículo 2, apartado 5, del anexo VII del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea, venía percibiendo desde 1978 debido a que su hija estaba afectada por una incapacidad.

Resultado:      Se desestima el recurso. La Comisión Europea cargará con sus propias costas, así como con las costas en que el Sr. Birkhoff haya incurrido en el asunto F‑60/09 y en el asunto T‑10/11 P. Cada parte cargará con sus propias costas en el asunto F‑60/09 RENV.

Sumario

1.      Recursos de funcionarios — Sustitución de los motivos del acto impugnado en el transcurso del procedimiento — Improcedencia — Excepción

(Estatuto de los Funcionarios, arts. 90 y 91)

2.      Funcionarios — Retribución — Complementos familiares — Asignación por hijo a cargo — Derecho a prórroga sin limitación de edad en caso de que el hijo se vea en la imposibilidad de subvenir a sus necesidades — Obligaciones de la administración — Competencia reglada

(Estatuto de los Funcionarios, anexo VII, art. 2, ap. 5)

1.      La administración no puede sustituir ni añadir un motivo en el transcurso del procedimiento, salvo si resulta que se encuentra en situación de competencia reglada, de manera que la eventual anulación de la decisión impugnada sólo pueda tener como efecto obligar a la administración a adoptar una nueva decisión, idéntica, en cuanto al fondo, a la decisión anulada.

(véase el apartado 39)

Referencia:

Tribunal de la Función Pública: 17 de junio de 2008, De Fays/Comisión, F‑97/07, apartado 70; 14 de abril de 2011, Šimonis/Comisión, F‑113/07, apartado 93, y la jurisprudencia citada

2.      El derecho a la asignación por hijos a su cargo prevista en el artículo 2, apartado 5, del anexo VII del Estatuto será prorrogable sin limitación de edad si el hijo se encontrare afectado por una incapacidad o enfermedad grave, que le impidiere subvenir a sus necesidades, durante toda la duración de esta incapacidad o enfermedad. Esta disposición no confiere a la autoridad competente una facultad discrecional para conceder o no la asignación controvertida, sino que le atribuye una competencia reglada, en el sentido de que la redacción imperativa del precepto pone de manifiesto que la autoridad competente tiene la obligación de conceder la asignación por hijo a cargo desde el momento en que compruebe que concurren los requisitos enumerados en dicho precepto, y la obligación de denegarla en caso contrario.

(véase el apartado 40)

Referencia:

Tribunal de Primera Instancia: 21 de octubre de 2003, Šimonis/Comisión, T‑302/01, apartado 38