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Petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado de Instrucción de Badalona (España) el 22 de octubre de 2018 – Procedimiento penal contra VW

(Asunto C-659/18)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Juzgado de Instrucción de Badalona

Parte en el procedimiento principal

VW

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en especial, el artículo 3.2 de la Directiva 2013/48/UE1 en el sentido de que el derecho a ser asistido por letrado puede ser demorado justificadamente en cuanto el sospechoso o acusado no comparece a la primera citación del Tribunal y se dicta orden nacional, europea o internacional de detención, demorando la asistencia de letrado y su comparecencia en la causa hasta que se verifiquen y el sospechoso sea conducido por la fuerza pública hasta el Tribunal?

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1     Directiva 2013/48/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013 , sobre el derecho a la asistencia de letrado en los procesos penales y en los procedimientos relativos a la orden de detención europea, y sobre el derecho a que se informe a un tercero en el momento de la privación de libertad y a comunicarse con terceros y con autoridades consulares durante la privación de libertad (DO 2013, L 294, p. 1)