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Recurso interpuesto el 27 de julio de 2020 — Comisión Europea / República Portuguesa

(Asunto C-345/20)

Lengua de procedimiento: portugués

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: W. Mölls y C. Vrignon, agentes)

Demandada: República Portuguesa

Pretensiones de la parte demandante

La Comisión solicita al Tribunal General que:

Declare que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 3 y 4 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/480 de la Comisión, de 1 de abril de 2016, por el que se establecen las normas comunes relativas a la interconexión de los registros electrónicos nacionales de las empresas de transporte por carretera y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1213/2010, 1 al no haber procedido a la interconexión de su registro electrónico nacional con la nueva versión del Registro europeo de empresas de transporte por carretera (ERRU).

Condene en costas República Portuguesa.

Motivos y principales alegaciones

La interconexión de los registros electrónicos nacionales a la nueva versión del ERRU, que los Estados miembros han de llevar a cabo de conformidad con los procedimientos y requisitos técnicos establecidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/480 de la Comisión, tal como exige el artículo 3, párrafo primero, del citado Reglamento, debía tener lugar, a más tardar, el 30 de enero de 2019.

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1 DO 2016, L 87, p. 4.