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Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Austria) el 23 de agosto de 2018 — FN y otros

(Asunto C-546/18)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesverwaltungsgericht

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: FN, GM, Adler Real Estate AG, HL, Petrus Advisers LLP

Recurrida: Übernahmekommission

Cuestiones prejudiciales

1)    ¿Se oponen los artículos 4 y 17 de la Directiva 2004/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, 1 relativa a las ofertas públicas de adquisición, a la luz del principio de efectividad que rige en el Derecho de la Unión, a una interpretación conforme a la cual una resolución firme de una autoridad supervisora en el sentido del artículo 4 de la Directiva 2004/25/CE, por la cual se declaró que una persona había infringido disposiciones del Derecho interno adoptadas en transposición de la Directiva 2004/25/CE, carece de efecto vinculante en un procedimiento sancionador administrativo instruido a continuación por dicha autoridad supervisora contra la misma persona, de manera que esta puede utilizar de nuevo todas las excepciones legales y los elementos de prueba para rebatir la infracción ya declarada en resolución firme?

2)    ¿Se oponen los artículos 4 y 17 de la Directiva 2004/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativa a las ofertas públicas de adquisición, a la luz conforme del principio de efectividad que rige en el Derecho de la Unión, a una interpretación conforme a la cual una resolución firme de una autoridad supervisora en el sentido del artículo 4 de la Directiva 2004/25/CE, por la cual se declaró que una persona jurídica había infringido disposiciones del Derecho interno adoptadas en transposición de la Directiva 2004/25/CE, carece de efecto vinculante en un procedimiento sancionador administrativo instruido a continuación por dicha autoridad supervisora contra el órgano de representación de dicha persona jurídica, de manera que esta (su órgano) puede utilizar de nuevo todas las excepciones legales y los elementos de prueba para rebatir la infracción ya declarada en resolución firme?

3)    [En caso de respuesta negativa a la cuestión 1:)] ¿Se opone el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea a una práctica nacional conforme a la cual una resolución firme de una autoridad supervisora en el sentido del artículo 4 de la Directiva 2004/25/CE, por la cual se declaró que una persona había infringido disposiciones del Derecho interno adoptadas en transposición de la Directiva 2004/25/CE, tiene efecto vinculante en un procedimiento sancionador administrativo instruido a continuación por dicha autoridad supervisora contra la misma persona, de manera que esta no puede rebatir, ya sea con argumentos jurídicos o de hecho, la infracción ya declarada en resolución firme?

4)    [En caso de respuesta negativa a la cuestión 2:)] ¿Se opone el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea a una práctica nacional conforme a la cual una resolución firme de una autoridad supervisora en el sentido del artículo 4 de la Directiva 2004/25/CE, por la cual se declaró que una persona jurídica había infringido disposiciones del Derecho interno adoptadas en transposición de la Directiva 2004/25/CE, tiene efecto vinculante en un procedimiento sancionador administrativo instruido a continuación por dicha autoridad supervisora contra el órgano de representación de la misma persona jurídica, de manera que esta (su órgano) no puede rebatir, ya sea con argumentos jurídicos o de hecho, la infracción ya declarada en resolución firme?

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1 DO 2004, L 142, p. 12.