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Recurso interpuesto el 8 de febrero de 2007 - Botos/Comisión

(Asunto F-10/07)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Patricia Botos (Meise, Bélgica) (representante: L. Vogel, abogado)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la decisión adoptada por la autoridad facultada para proceder a los nombramientos (AFPN) el 30 de octubre de 2006, mediante la cual desestimó la reclamación formulada por la demandante el 24 de abril de 2006 contra las seis decisiones administrativas siguientes: i) La decisión adoptada el 23 de enero de 2006 por la Oficina de gestión y liquidación de los derechos individuales. ii) La decisión adoptada el 23 de enero de 2006 por el jefe de la Oficina de liquidación de Bruselas del régimen común de seguro médico. iii) La decisión adoptada el 9 de febrero de 2006 por la Oficina de gestión y liquidación de los derechos individuales. iv) La decisión adoptada el 9 de febrero de 2006 por el jefe de la Oficina de liquidación de Bruselas del régimen común de seguro médico. v) La decisión adoptada el 20 de febrero de 2006 por el jefe de la Oficina de liquidación de Bruselas del régimen común de seguro médico. vi) El descuento del reembolso de los gastos médicos calculado por la Oficina de liquidación de Bruselas del régimen común del seguro médico, de fecha 23 de febrero de 2006.

Que se anulen asimismo, si fuera necesario, las seis decisiones mencionadas.

Que se condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la demandante invoca un motivo único basado en la infracción del artículo 72 del Estatuto, así como en un error manifiesto de apreciación. La demandante sostiene que, mediante las decisiones impugnadas, la AFPN se negó erróneamente a reconocer que el "síndrome de fatiga crónica" que padece es una enfermedad grave en el sentido del mencionado artículo y, en consecuencia, se negó a rembolsar a la demandante los gastos derivados de la realización de análisis clínicos y de la compra de medicamentos vinculados a dicha enfermedad. Según la demandante, varios documentos, entre ellos, en particular, un estudio médico detallado, demuestran la gravedad de la enfermedad en cuestión y la necesidad de rembolsar al 100 %, sin ningún límite o restricción, el coste de los medicamentos y de los análisis que la demandante declara haber necesitado.

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