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Recurso interpuesto el 14 de abril de 2006 - Irène Bianchi/Fundación Europea de Formación

(Asunto F-38/06)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Irène Bianchi (Turín, Italia) (representante: M.-A. Lucas, abogado)

Demandada: Fundación Europea de Formación

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la decisión de la Directora de la Fundación de no renovar el contrato de la demandante como agente temporal, que le fue comunicada mediante nota de 24 de octubre de 2005.

Que se condene a la Fundación a indemnizar el perjuicio material y moral sufrido por la demandante, más los intereses legales.

Que se condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

La demandante, contratada en el año 2000 por la Fundación como agente temporal para un período inicial de tres años, y cuyo contrato fue renovado posteriormente hasta el 15 de abril de 2006, impugna la decisión de no renovar dicho contrato a partir de esa fecha.

En apoyo de su recurso de anulación, la demandante invoca cuatro motivos. El primero de ellos se basa en la violación del principio general del derecho de defensa y en la infracción del artículo 26 del Estatuto, en la medida en que las apreciaciones negativas que el Jefe del Departamento Financiero transmitió a la Directora de la Fundación no le fueron notificadas a la demandante ni tampoco figuraban en su expediente personal.

El segundo motivo se basa en el incumplimiento de la obligación de motivación que resulta de la decisión de la Directora de la Fundación, de 26 de febrero de 1997, relativa a la renovación de los contratos y en la infracción del artículo 25, apartado 2, del Estatuto, por cuanto la demandante entiende que no fue informada suficientemente de la motivación de la resolución impugnada.

El tercer motivo está basado en varias infracciones de los procedimientos establecidos por la decisión 26 de febrero de 1997 antes citada.

El cuarto motivo se basa en varios errores manifiestos de apreciación en los que incurrió la Directora de la Fundación en relación con la necesidad de asesoramiento de la demandante por lo que se refiere en particular a los puestos de asistentes administrativos tras la reforma, el modo en que la demandante desempeñó sus funciones y el interés del servicio.

En apoyo de su recurso de indemnización, la demandante alega que las ilegalidades de la resolución impugnada son constitutivas de faltas que le han causado y pueden seguir causándole un grave perjuicio moral y material.

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