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Petición de decisión prejudicial planteada por la Court of Appeal in Northern Ireland (Reino Unido) el 2 de octubre de 2019 — TKF / Department of Justice for Northern Ireland

(Asunto C-729/19)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

Court of Appeal in Northern Ireland

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: TKF

Recurrida: Department of Justice for Northern Ireland

Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse el artículo 75, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 4/2009, 1 relativo a las obligaciones de alimentos, en el sentido de que solo es aplicable a las «resoluciones» dictadas en Estados que eran miembros de la Unión en el momento en que dichas resoluciones fueron adoptadas?

Teniendo en cuenta que Polonia ahora es un Estado miembro de la Unión vinculado por el Protocolo de La Haya, ¿las resoluciones en materia de alimentos dictadas por un órgano jurisdiccional polaco en 1999 y 2003, es decir, antes de que Polonia se convirtiera en un Estado miembro de la Unión, pueden ahora registrarse y ejecutarse en otro Estado miembro de la Unión de acuerdo con alguna disposición del Reglamento (CE) n.º 4/2009, relativo a las obligaciones de alimentos, y en concreto:

a tenor de los artículos 75, apartado 3, y 56 del Reglamento relativo a las obligaciones de alimentos;

a tenor del artículo 75, apartado 2, y de la sección 2 del capítulo IV del Reglamento relativo a las obligaciones de alimentos;

a tenor del artículo 75, apartado 2, letra a), y de la sección 3 del capítulo IV del Reglamento relativo a las obligaciones de alimentos;

a tenor de cualesquiera otros artículos del Reglamento relativo a las obligaciones de alimentos?

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1 Reglamento (CE) n.º 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos (DO 2009, L 7, p. 1).