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Petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Barcelona (España) el 6 de febrero de 2019 – SL / Vueling Airlines S.A.

(Asunto C-86/19)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Barcelona

Partes en el procedimiento principal

Demandante: SL

Demandada: Vueling Airlines S.A.

Cuestión prejudicial

Acreditada la pérdida la maleta, ¿debe la compañía aérea indemnizar al pasajero, siempre y en todo caso, con el límite indemnizatorio máximo de los 1.131 DEG, al estar ante el supuesto más grave de los previstos en el art. 17.2 y 22.2 del Convenio de Montreal de 28 de mayo de 1999, o estamos ante un límite indemnizatorio máximo, que puede ser moderado por el juez, inclusive, cuando se trata de la pérdida de la maleta, en atención a las circunstancias concurrentes, de tal manera que solo se concederán los 1.131 DEG si el pasajero acredita, por cualesquiera medios admitidos en derecho, que el valor de los objetos y enseres personales que llevaba en el interior del equipaje facturado así como los que tuvo que adquirir para su reposición alcanzaban ese límite o, en su defecto, atender también a otros parámetros como, por ejemplo, el número de kilos que pesaba la maleta o si la pérdida del equipaje se produjo en el viaje de ida o en el de vuelta, a los efectos de valorar el daño moral provocado por las incomodidades derivadas del extravío de su equipaje?

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