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Recurso interpuesto el 22 de diciembre de 2006 - Pascual García

(Asunto F-145/06)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: César Pascual García (Madrid, España) (representantes: B. Cortese y C. Cortese, abogados)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la decisión de 7 de abril de 2006 del Director General del JRC-Joint Research Centre de la Comisión de las Comunidades Europeas (JRC), notificada al demandante el 17 de abril de 2006, en la medida en que no ha considerado su candidatura correspondiente al puesto referente a la convocatoria para proveer plaza vacante COM/2005/2969 - B/3/B*11 - JRC.I.04 - IHCP - Ispra, y añadió una observación en la lista de reserva del concurso EPSO/B/23/04 1 para informar a los servicios de la Comisión de que el demandante no cumple los criterios para participar en el referido concurso.

De ser necesario, que se anule la decisión de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos (AFPN) de la Comisión de 22 de septiembre de 2006, notificada al demandante el 13 de noviembre de 2006, mediante la que se desestima su reclamación nº R/400/06.

Que se condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

El demandante, que había aprobado el concurso general EPSO/B/23/04, no fue contratado por el JRC, por cuanto el Director General de este centro consideró que no cumplía los criterios necesarios para su admisión a dicho concurso.

En su recurso el demandante alegó que la decisión impugnada: i) adolecía de un abuso de procedimiento, dado que, a su juicio, había modificado indebidamente la apreciación de sus títulos y de su experiencia realizada por el tribunal de concurso, y que, sin que éste hubiera incurrido en un error manifiesto de apreciación, ii) infringía el marco de legalidad establecido por la convocatoria de concurso, iii) adolecía de un error manifiesto de apreciación, así como de grave falta de motivación debido a su carácter ilógico, iv) violaba el principio de protección de la confianza legítima.

Con carácter subsidiario, según el demandante, la decisión impugnada viola el principio de igualdad de trato. Considera que, en el supuesto de que la violación de dicho principio se derivara de las disposiciones de la convocatoria de concurso, debería declararse la ilegalidad de ésta con arreglo al artículo 241 CE.

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1 - Convocatoria de oposición general EPSO/B/23/04 con miras a la constitución de listas de reserva para la contratación de agentes técnicos (B 5/B 4) en el ámbito de la investigación y la técnica (DO C 81 A, de 31 de marzo de 2004, p. 17).