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Petición de decisión prejudicial planteada por la cour du travail de Liège (Bélgica) el 24 de mayo de 2019 — LM / Centre public d’action sociale de Seraing

(Asunto C-402/19)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Cour du travail de Liège

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: LM

Recurrida: Centre public d’action sociale de Seraing

Cuestión prejudicial

¿Se opone el artículo 57, apartado 2, párrafo primero, punto 1, de la Ley Orgánica belga de 8 de julio de 1976 relativa a los centros públicos de acción social a los artículos 5 y 13 de la Directiva 2008/115/CE, 1 entendidos a la luz de los artículos 19, apartado 2, y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, del artículo 14, apartado 1, letra b), de dicha Directiva y de los artículos 7 y [21] de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, tal como se interpretan en la sentencia del Tribunal de Justicia de 18 de diciembre de 2014, Abdida (C-562/13):

en primer lugar, en la medida en que conduce a privar a un extranjero nacional de un tercer país en situación de estancia irregular en el territorio de un Estado miembro de la cobertura, en la medida de lo posible, de sus necesidades básicas mientras se resuelve sobre el recurso interpuesto por este, en nombre propio y [en calidad] de representante de su hija, aún menor de edad en la fecha de interposición de dicho recurso, con objeto de que se declare la anulación y la suspensión de una decisión por la que se le ordena que abandone el territorio de un Estado miembro,

cuando, en segundo lugar, por una parte, dicha hija, actualmente mayor de edad, está aquejada de una enfermedad grave, de manera que la ejecución de dicha decisión puede exponerla a un riesgo grave de deterioro serio e irreversible de su estado de salud, y, por otra parte, el equipo médico considera indispensable la presencia del progenitor junto a su hija mayor de edad por razón de la vulnerabilidad en que esta se encuentra debido a su estado de salud (crisis drepanocíticas recidivantes y necesidad de ser sometida a una intervención quirúrgica con el fin de evitar una parálisis)?

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1 Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular (DO 2008, L 348, p. 98).