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Recurso de casación interpuesto el 27 de noviembre de 2018 por la República Checa contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 13 de septiembre de 2018 en el asunto T-627/16, Republica Checa / Comisión

(Asunto C-742/18 P)

Lengua de procedimiento: checo

Partes

Recurrente: República Checa (representantes: M. Smolek, O. Serdula, J. Vláčil y J. Pavliš, agentes)

Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea, Reino de Suecia

Objeto:

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por el Tribunal General de la Unión Europea el 13 de septiembre de 2018 en el asunto T-627/16, República Checa/Comisión, mediante la que el Tribunal General desestimó parcialmente el recurso interpuesto por la República Checa a efectos de la anulación de la Decisión de Ejecución (EU) 2016/1059 1 de la Comisión, de 20 de junio de 2016, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) [notificada con el número C(2016) 3753], en la medida en que excluye los gastos efectuados por la República Checa.

Pretensiones de la parte recurrente

Que se anule el punto 2 del fallo y la parte correspondiente de la sentencia dictada por el Tribunal General en el asunto T-627/16.

Que se anule la Decisión (EU) 2016/1059 de la Comisión en la medida en que excluye gastos por un importe de 462 517 83 EUR en relación con el régimen de pago único por superficie.

Que se anule la Decisión (EU) 2016/1059 de la Comisión en la medida en que excluye gastos por un importe de 636 516 20 EUR en relación con las inversiones en el sector vitivinícola.

Que se condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

La parte recurrente invoca cuatro motivos en apoyo de su recurso de casación.

El primer motivo de casación se basa en la infracción del artículo 52, apartado 1, del Reglamento n.º 1306/2013 2 en relación con los artículos 26 y 31 del Reglamento n.º 1122/2009. 3 La parte recurrente alega que el Tribunal General incurrió en error de Derecho al estimar que los controles sobre el terreno mediante teledetección y los controles sobre el terreno clásicos deben tener el mismo o similar porcentaje de error. Tal requisito no es contemplado en ninguna disposición del Derecho de la Unión y no resulta de la naturaleza de los métodos de control aplicables. Por el contrario, el método de recogida de muestras a efectos de control es tan diferente en ambos métodos, en razón de sus particularidades, que las conclusiones sobre su eficacia no pueden basarse en el mismo o similar porcentaje de error.

El segundo motivo de casación se basa en la infracción del artículo 52, apartado 1, del Reglamento n.º 1306/2013 en relación con el artículo 33 del Reglamento 1122/2009. La parte recurrente alega que el Tribunal General incurrió en error de Derecho al estimar que siempre que se detecte una sobredeclaración de superficie del 3 % la muestra objeto de control debe ampliarse hasta que no resulte sobredeclaración, aun cuando las autoridades nacionales consideren, atendiendo a las circunstancias específicas del caso concreto, que no es previsible que existan otros errores en la declaración de la superficie agrícola de las demás parcelas del agricultor afectado.

El tercer motivo de casación se basa en la infracción del artículo 52, apartado 1, del Reglamento n.º 1306/2013 en relación con el artículo 112 del Reglamento n.º 1605/2002 4 o, en su caso, el artículo 130 del Reglamento n.º 966/2012. 5 La parte recurrente sostiene que el Tribunal General distorsionó de manera burda la naturaleza del litigio entre la República Checa y la Comisión e incurrió en error de Derecho al estimar que la corrección impuesta estaba relacionada exclusivamente con la financiación retroactiva de las inversiones efectuadas antes de que se aplicara el programa nacional de ayuda. Respecto a la investigación llevada a cabo, la Comisión reprochó toda financiación retroactiva de las inversiones en el sector vitivinícola. Por consiguiente, el Tribunal General erró al no examinar las alegaciones de la República Checa de que la financiación retroactiva de las inversiones efectuadas después de la aprobación del programa nacional de ayuda era conforme al Derecho de la Unión Europea.

El cuarto motivo de casación se basa en la infracción del artículo 52, apartado 1, del Reglamento n.º 1306/2013 en relación con los artículos 19 y 77 del Reglamento n.º 555/2008 6 y el artículo 27 del Reglamento n.º 1975/2006 7 o, en su caso, el artículo 25 del Reglamento n.º 65/2011. 8 La parte recurrente alega que el Tribunal General incurrió en error de Derecho al estimar que en el periodo pertinente el 100 % de las inversiones efectuadas en el sector vitivinícola debería haberse sometido a controles sobre el terreno, pese a que el artículo 77, apartado 5, del Reglamento n.º 555/2008, por remisión expresa al artículo 27 del Reglamento n.º 1975/2006, permitía que los controles se efectuaran únicamente a partir de una muestra de las inversiones efectuadas.

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1  DO 2016, L 173, p. 59.

2  Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 352/78, (CE) n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE) n.º 814/2000, (CE) n.º 1290/2005 y (CE) n.º 485/2008del Consejo (DO 2013, L 347, p. 549).

3  Reglamento (CE) n.º 1122/2009 de la Comisión de 30 de noviembre de 2009 por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) n.º 73/2009 del Consejo en lo referido a la condicionalidad, la modulación y el sistema integrado de gestión y control en los regímenes de ayuda directa a los agricultores establecidos por ese Reglamento, y normas de desarrollo del Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo en lo referido a la condicionalidad en el régimen de ayuda establecido para el sector vitivinícola (DO 2009, L 316, p. 65).

4  Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO 2002, L 248, p. 1).

5  Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo (DO 2012, L 298, p. 1).

6  Reglamento (CE) n.º 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) n.º 479/2008 del Consejo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, en lo relativo a los programas de apoyo, el comercio con terceros países, el potencial productivo y los controles en el sector vitivinícola (DO 2008, L 170, p. 1).

7  Reglamento (CE) n.º 1975/2006 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2006 , por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural (DO 2006, L 368, p. 74).

8  Reglamento (UE) n.º 65/2011 de la Comisión, de 27 de enero de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural (DO 2011, L 25, p. 8).