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Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Düsseldorf (Alemania) el 8 de mayo de 2020 — BY, CX, FU, DW, EV/Stadt Duisburg

(Asunto C-194/20)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgericht Düsseldorf

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: BY, CX, FU, DW, EV

Demandada: Stadt Duisburg

Cuestiones prejudiciales

¿Los derechos de los hijos turcos con arreglo al artículo 9, primera frase, de la Decisión n.º 1/80 del Consejo de Asociación, 1 implican también, sin más requisitos, un derecho de residencia en el Estado miembro de acogida?

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión:

a)    ¿Exige el derecho a la residencia con arreglo al artículo 9, primera frase, de la Decisión 1/80 del Consejo de Asociación que los progenitores de los hijos turcos que se benefician de dicha disposición ya hayan adquirido derechos en virtud del artículo 6, apartado 1, o del artículo 7 de la Decisión 1/80 del Consejo de Asociación?

b)    En caso de respuesta negativa a la letra a) de la segunda cuestión: ¿Debe interpretarse el concepto de empleo legal en el sentido del artículo 9, primera frase, de la Decisión 1/80 del Consejo de Asociación en el mismo sentido que en el artículo 6, apartado 1, de la Decisión 1/80 del Consejo de Asociación?

c)    En caso de respuesta negativa a la letra a) de la segunda cuestión: ¿Pueden los hijos turcos adquirir un derecho a la residencia con arreglo al artículo 9, primera frase, de la Decisión 1/80 del Consejo de Asociación después de (apenas) tres meses de empleo legal de un progenitor en el Estado miembro de acogida?

d)    En caso de respuesta negativa a la letra a) de la segunda cuestión: ¿Se deriva del derecho de residencia de los hijos turcos sin ningún otro requisito un derecho de residencia también a favor de uno o de los dos progenitores que ostenten la guarda y custodia de estos hijos?

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1 Decisión n.º 1/80 del Consejo de Asociación de 19 de septiembre de 1980, relativa al desarrollo de la Asociación.