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Recurso interpuesto el 17 de diciembre de 2009 -Bennett y otros / OAMI

(Asunto F-102/09)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Kelly-Marie Bennett (Mutxamel, Alicante) y otros (representante: L. Levi, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior

Objeto y descripción del litigio

Por una parte, anulación de las decisiones de resolución de los contratos de los demandantes en aplicación de una cláusula de resolución ligada a la superación de un concurso general con especialización en propiedad industrial. Por otra, la reparación del perjuicio moral sufrido por los demandantes.

Pretensiones de las partes demandantes

Que se anulen las decisiones de resolución de los contratos de los demandantes fechadas el 12 de marzo de 2009.

En la medida en que resulte necesario, que se anule la resolución de 9 de octubre de 2009, notificada ese mismo día, desestimatoria de las reclamaciones presentadas por los demandantes el 12 de junio de 2009.

Que, en consecuencia, se condene a la demandada i) a pagar a los demandantes en concepto de daños y perjuicios la retribución correspondiente al período comprendido entre la entrada en vigor de la resolución de sus contratos y la fecha de su reincorporación por haber sido anuladas las decisiones adoptadas y (ii) a reconstituir la carrera de cada demandante, que quedó detenida irregularmente por las decisiones de resolución de sus contratos; suponiendo que la reincorporación de los demandantes conllevase dificultades prácticas importantes o que pudiera considerarse excesiva con respecto a la situación de terceros, la condena de la demandada al pago de una indemnización pecuniaria equitativa por la resolución ilegal de los contratos de los demandantes. Dicha indemnización deberá considerar, en particular, no sólo la pérdida de retribuciones pasadas, sino también de la posibilidad, cierta, de que los demandantes permaneciesen al servicio de la OAMI hasta la edad de su jubilación con un contrato de duración -totalmente- indeterminada y de que gozasen de movilidad en su carrera.

Que con carácter subsidiario se anulen las decisiones de resolución de los contratos de los demandantes en la medida en que no se fijó el preaviso teniendo en cuenta la totalidad de los años de servicio de cada demandante en la OAMI.

Que se condene a la demandada al pago de daños y perjuicios en reparación del perjuicio material y moral sufrido, valorados ex aequo et bono en 85.000 euros por cada demandante.

Que se condene en costas a la Oficina de Armonización del Mercado Interior.

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