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Petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein oikeus (Finlandia) el 2 de julio de 2018 — ML / OÜ Aktiva Finants

(Asunto C-433/18)

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Korkein oikeus

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: ML

Recurrida: OÜ Aktiva Finants

Cuestiones prejudiciales

1)    El procedimiento para la admisión de recursos a trámite para su ulterior examen, previsto en el sistema nacional para la interposición de recursos, ¿es compatible con el recurso efectivo garantizado para ambas partes en el artículo 43, apartado 1, del Reglamento n.º 44/2001, 1 cuando se interpone recurso contra una resolución de un tribunal de primera instancia relativa al reconocimiento o la ejecución de una sentencia en virtud del Reglamento n.º 44/2001?

2)    ¿Se reúnen en un procedimiento sobre la admisión de recursos a trámite para su ulterior examen los requisitos relativos a un procedimiento contradictorio en el sentido del artículo 43, apartado 3, del Reglamento n.º 44/2001, si la parte recurrida no es oída en lo relativo a un recurso antes de decidirse sobre la admisión de dicho recurso a trámite? ¿Se reúnen los referidos requisitos, si la parte recurrida es oída antes de decidirse sobre la admisión de un recurso a trámite para su ulterior examen?

3)    ¿Resulta relevante para la interpretación el hecho de que no solo pueda interponer recurso la parte que ha solicitado infructuosamente la ejecución, sino también la parte en cuya contra se ha solicitado la ejecución cuando se haya estimado dicha solicitud?

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1 Reglamento (CE) n.º 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO 2001, L 12, p. 1).