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Recurso de casación interpuesto el 23 de noviembre de 2018 por VTB Bank PAO, anteriormente VTB Bank OAO, contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) dictada el 13 de septiembre de 2018 en el asunto T-734/14, VTB Bank / Consejo

(Asunto C-729/18 P)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: VTB Bank PAO, anteriormente VTB Bank OAO (representantes: M. Lester QC y J. Dawid, Barristers, C. Claypoole, Solicitor, y J. Ruiz Calzado, abogado)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

Que se admita el recurso de casación de VTB contra la sentencia del Tribunal General.

Que se anulen los actos restrictivos en la medida en que se apliquen a VTB.

Que se declaren ilegales/inaplicables el artículo 1 de la Decisión 2014/512/PESC del Consejo, 1 el artículo 5 del Reglamento n.º 833/2014, 2 el artículo 1 de la Decisión 2014/659/PESC del Consejo, 3 y el artículo 1, apartado 5, del Reglamento n.º 960/2014. 4

Que se condene al Consejo a cargar con las costas de VTB en el presente recurso de casación y en el procedimiento ante el Tribunal General.

Motivos y principales alegaciones

Primer motivo, basado en que:

El Tribunal General incurrió en error en la interpretación del artículo 5, apartado 1, letra a), del Reglamento al concluir que el criterio de que una entidad tenga «mandato expreso de promover la competitividad de la economía rusa, su diversificación y el estímulo de la inversión» no era de aplicación a VTB como «gran entidad de crédito». En consecuencia, el Tribunal General estimó erróneamente que el Consejo no había cometido un error manifiesto de evaluación al considerar que VTB cumplía los criterios para figurar en la lista con arreglo al artículo 5, apartado 1, letra a), del Reglamento.

Segundo motivo, basado en que:

El Tribunal General incurrió en error al considerar que los criterios de inclusión de VTB en la lista con arreglo al artículo 1 de la Decisión y al artículo 5, apartado 1, letra a), del Reglamento eran adecuados y proporcionados habida cuenta de los objetivos de los actos restrictivos.

Tercer motivo, basado en que:

El Tribunal General incurrió en error al considerar que los actos restrictivos aplicados a VTB representaban una injerencia proporcionada en los derechos fundamentales de VTB garantizados en los artículos 16 y 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales y en el artículo 1 del Protocolo n.º 1 al Convenio Europeo de Derechos Humanos, tanto en relación con los criterios adoptados en los actos restrictivos como en relación con la decisión de incluir en la lista a VTB siguiendo tales criterios.

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1 Decisión 2014/512/PESC del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO 2014, L 229, p. 13).

2 Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO 2014, L 229, p. 1).

3 Decisión 2014/659/PESC del Consejo, de 8 de septiembre de 2014, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO 2014, L 271, p. 54).

4 Reglamento (UE) n.º 960/2014 del Consejo, de 8 de septiembre de 2014, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 833/2014 relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO 2014, L 271, p. 3).