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Recurso de casación interpuesto el 28 de febrero de 2019 por Mylan Laboratories Ltd, Mylan, Inc. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Novena) dictada el 12 de diciembre de 2018 en el asunto T-682/14: Mylan Laboratories y Mylan / Comisión

(Asunto C-197/19 P)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrentes: Mylan Laboratories Ltd, Mylan, Inc. (representantes: C. Firth, S. Kon, C. Humpe, Solicitors, V. Adamis, advocate)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de las partes recurrentes

Las recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia del Tribunal General en el asunto T-682/14, Mylan Laboratories Ltd y Mylan Inc./Comisión Europea, en la medida en que desestima su recurso de anulación de la Decisión de la Comisión de 9 de julio de 2014; 1 en el asunto AT.39612 — Perindopril (Servier), en la medida en que afecta a las recurrentes.

Anule o reduzca sustancialmente la multa.

Devuelva el asunto al Tribunal General para que resuelva de acuerdo con la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia.

Condene a la Comisión al pago de las costas de las recurrentes y demás gastos relacionados con este litigio, con todo lo demás que en Derecho proceda.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso de casación, las recurrentes invocan cinco motivos, basados en las siguientes alegaciones:

Primer motivo de casación, basado en que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al declarar que Matrix y Les Laboratoires Servier eran competidores potenciales en el momento de celebración del acuerdo transaccional.

Primera alegación: El Tribunal General concluyó erróneamente que la Comisión podía considerar que Matrix y Niche podían clasificarse como potenciales competidores sobre la base del acuerdo Niche/Matrix.

Segunda alegación: El Tribunal General aplicó erróneamente el criterio jurídico de la competencia potencial al llegar a la conclusión de que Matrix y Servier eran competidores potenciales en el momento de celebración del acuerdo transaccional.

Segundo motivo de casación, basado en que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al declarar que el acuerdo transaccional tenía por objeto una restricción de la competencia.

Primera alegación: El Tribunal General incurrió en un error al declarar que un acuerdo de transacción en materia de patentes tiene por objeto una restricción de la competencia, aunque los términos de dicha acuerdo estén comprendidos en el ámbito de aplicación de la patente.

Segunda alegación: El Tribunal General incurrió en un error al deducir la existencia de una restricción de la competencia por el objeto a partir del supuesto incentivo que representaba el pago realizado por Servier a Matrix.

Tercera alegación: El Tribunal General incurrió en un error en el modo en que dedujo la existencia de un incentivo a partir del pago recibido por Matrix.

3.    Tercer motivo de casación, basado en que el Tribunal General incurrió en un error al no examinar la calificación de la Comisión del acuerdo transaccional como constitutivo de una restricción de la competencia por el efecto.

4.    Cuarto motivo de casación, basado en el Tribunal General incurrió en un error al declarar que Mylan Inc. ejercía una influencia decisiva en el comportamiento de Matrix durante el período pertinente.

5.    Quinto motivo de casación, basado en que el Tribunal General infringió el artículo 23 del Reglamento n.º 1/2003 2 y los principios de nullum crimen nula poena sine lege y de seguridad jurídica, al declarar que procedía imponer una multa a las recurrentes.

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1 Resumen de la Decisión de la Comisión, de 9 de julio de 2014, relativa a un procedimiento en virtud de los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Asunto AT.39612 — Perindopril (Servier) [notificada con el número C(2014) 4955 final] (DO 2016, C 393, p. 7).

2 Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado (DO 2003, L 1, p. 1).