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Recurso de casación interpuesto el 22 de agosto de 2019 por Csanád Szegedi contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) dictada el 27 de junio de 2019 en el asunto T-135/18, Csanád Szegedi / Parlamento Europeo

(Asunto C-628/19 P)

Lengua de procedimiento: húngaro

Partes

Recurrente: Csanád Szegedi (representante: K. Bodó, ügyvéd)

Otra parte en el procedimiento: Parlamento Europeo

Pretensiones de la parte recurrente

En el recurso de casación, Csanád Szegedi solicita al Tribunal de Justicia que:

En cuanto al primer motivo, por lo que se refiere al importe reclamado por la contratación del Sr. László Tibor Erdélyi y del Dr. József Virág como asistentes parlamentarios acreditados, modifique la sentencia del Tribunal General, estime la demanda y anule la decisión del Secretario General del Parlamento Europeo de 30 de noviembre de 2017 y la nota de adeudo n.º 2017-1635 de la Secretaría General del Parlamento Europeo, Dirección General de Finanzas.

En cuanto al segundo motivo, por lo que se refiere al importe reclamado por la contratación del Sr. László Tibor Erdélyi y del Dr. József Virág como asistentes parlamentarios acreditados, anule la sentencia del Tribunal General y devuelva el asunto al Tribunal General.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso de casación, el recurrente invoca dos motivos:

Primer motivo:

Vulneración, en el procedimiento de recuperación ante el Secretario General del Parlamento Europeo, del derecho a un proceso equitativo (artículo 6, apartado 1, del CEDH y artículo 47, segundo párrafo, de la Carta de los Derechos Fundamentales) y de las facultades que lo integran (principio de procedimiento contradictorio, principio de igualdad de armas y principio del derecho de defensa), en la medida en que el recurrente no tuvo acceso al informe de la OLAF en el que se basó la decisión ni a las pruebas que respaldaban dicho informe, ni tampoco pudo ejercer su derecho a ser oído con carácter previo, en contra de lo dispuesto en el artículo 68, apartado 2, de la Decisión de la Mesa del Parlamento Europeo por la que se establecen medidas de aplicación del Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo (en lo sucesivo, «medidas de aplicación»). El Tribunal General, en el apartado 44 de su sentencia, incurrió en un error al invocar el artículo 11, apartado 4, del Reglamento n.º 883/2013, puesto que dicho artículo no regula el procedimiento de recuperación ante el Secretario General, sino el procedimiento de la OLAF. En este contexto, en el apartado 45 de su sentencia, el Tribunal General aplicó incorrectamente la jurisprudencia establecida en el apartado 35 de la sentencia IMG/Comisión. En el apartado 48 de su sentencia, el Tribunal General interpretó contra legem el artículo 68, apartado 2, de las medidas de aplicación, al equiparar el derecho a presentar observaciones con el derecho a ser oído. El Tribunal General, en el apartado 51 de su sentencia, interpretó también de manera incorrecta el artículo 68 de las medidas de aplicación, que regula el procedimiento de recuperación, en la medida en que la norma pertinente no crea para el recurrente ni derechos ni obligaciones en cuanto a la aportación de pruebas en el procedimiento ante el Secretario General.

Segundo motivo:

Vulneración del derecho a un proceso equitativo (artículo 6, apartado 1, del CEDH y artículo 47, segundo párrafo, de la Carta de los Derechos Fundamentales) en el procedimiento ante el Tribunal General, en la medida en que este, sin ninguna motivación sobre el fondo, inadmitió la proposición de prueba testifical del Dr. József Virág y del Sr. László Tibor Erdélyi. La decisión del Tribunal General por la que se inadmitió la proposición de prueba privó al recurrente de la posibilidad de defenderse en cuanto al fondo.

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