Language of document : ECLI:EU:F:2016:130

AUTO DEL TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
DE LA UNIÓN EUROPEA (Sala Tercera)

de 15 de junio de 2016

Asunto F‑61/12

Beata Stepien

y

Mario Animali

contra

Comisión Europea

«Función pública — Funcionarios — Pensiones — Transferencia de los derechos a pensión nacionales — Propuestas de bonificación de anualidades — Acto no lesivo — Inadmisibilidad del recurso — Demanda de resolución sin examen del fondo del asunto — Artículo 83 del Reglamento de Procedimiento»

Objeto:      Recurso interpuesto con arreglo al artículo 270 TFUE, aplicable al Tratado CEEA en virtud de su artículo 106 bis, mediante el que la Sra. Beata Stepien y el Sr. Mario Animali solicitan la anulación de las decisiones de 2 y 19 de marzo de 2012, respectivamente, por las que la autoridad facultada para proceder a los nombramientos de la Comisión Europea desestima sus reclamaciones contra las «decisiones» por las que se fija la bonificación, en el régimen de pensiones de la Unión Europea, de sus derechos a pensión adquiridos antes de entrar al servicio de la Comisión en el marco de otro régimen y, en cuanto sea necesario, la anulación de las «decisiones» de 27 de julio y de 5 de octubre de 2011, respectivamente, por las que se calcula dicha bonificación.

Resultado:      Se desestima el recurso. La Sra. Beata Stepien y el Sr. M. Mario Animali cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

Sumario

Recursos de funcionarios — Acto lesivo — Concepto — Propuesta de bonificación de anualidades con vistas a la transferencia al régimen de la Unión de los derechos a pensión adquiridos antes de la incorporación al servicio de la Unión — Exclusión

(Estatuto de los Funcionarios, art. 91, ap. 1, y anexo VIII, art. 11, ap. 2)

Una propuesta de bonificación de anualidades, comunicada a un funcionario con vistas a la transferencia al régimen de pensiones de la Unión Europea de los derechos a pensión adquiridos en otro sistema, no produce efectos jurídicos obligatorios que afecten directa e inmediatamente a la situación jurídica de su destinatario, modificándola de forma caracterizada. Por lo tanto, no constituye un acto lesivo en el sentido del artículo 91, apartado 1, del Estatuto.

(véase el apartado 18)

Referencia:

Tribunal General: sentencias de 13 de octubre de 2015, Comisión/Verile y Gjergji, T‑104/14 P, EU:T:2015:776, apartado 62, y Teughels/Comisión, T‑131/14 P, EU:T:2015:778, apartado 58