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Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Mainz (Alemania) el 16 de julio de 2020 — KX / PY GmbH

(Asunto C-317/20)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landgericht Mainz

Partes en el procedimiento principal

Demandante: KX

Demandada: PY GmbH

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, 1 en el sentido de que, además de regular la competencia internacional, dicha disposición también establece una norma que el tribunal que conoce del asunto debe observar sobre la competencia territorial de los tribunales nacionales en materia de contratos de viaje si tanto el consumidor (viajero) como la otra parte contratante (organizadora de viajes) tienen su domicilio en el mismo Estado miembro pero el destino del viaje no se encuentra en ese Estado miembro sino en el extranjero («supuesto interno impropio»), con la consecuencia de que el consumidor pueda reclamar a la organizadora de viajes derechos contractuales ante el tribunal de su domicilio, complementándose así las normas nacionales vigentes en materia de competencia?

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1 DO 2012, L 351, p. 1.