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Petición de decisión prejudicial planteada por el Sofiyski gradski sad (Bulgaria) el 8 de octubre de 2018 — EN, FM, GL/Ryanair Designated Activity Company

(Asunto C-629/18)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Sofiyski gradski sad

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: EN, FM, GL

Demandada: Ryanair Designated Activity Company

Cuestión prejudicial

¿Es compatible con el Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo 1 que, antes de que surja la controversia, se celebre un acuerdo atributivo de competencia en relación con las demandas presentadas con arreglo al Reglamento (CE) n.º 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.º 295/91 2 ?

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1 Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO 2012, L 351, p. 1).

2 DO 2004, L 46, p. 1.