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Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla Łodzi (Polonia) el 23 de septiembre de 2019 — K. S. / A. B.

(Asunto C-707/19)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy dla Łodzi

Partes en el procedimiento principal

Demandante: K. S.

Demandada: A. B.

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 3 de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, 1 en el sentido de que el término «todas la medidas apropiadas» significa que cada Estado miembro deberá garantizar que, en materia de seguro de responsabilidad civil, la responsabilidad de la entidad aseguradora cubra todos los daños, incluidos los gastos del remolque del vehículo siniestrado al país de origen, así como los gastos por el estacionamiento necesario del vehículo?

¿En caso de respuesta afirmativa, el Derecho de los Estados miembros podrá limitar, de cualquier manera, esa responsabilidad?

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1 DO 2009, L 263, p. 11.