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Recurso de casación interpuesto el 7 de enero de 2019 por Mylène Troszczynski contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) dictada el 8 de noviembre de 2018 en el asunto T-550/17, Troszczynski / Parlamento

(Asunto C-12/19 P)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Mylène Troszczynski (representante: F. Wagner, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Parlamento Europeo

Pretensiones de la parte recurrente

Que se anule la sentencia de 8 de noviembre de 2018 dictada por la Sala Sexta del Tribunal General de la Unión Europea (T-550/17).

Por lo tanto:

Que se anule la decisión del Parlamento Europeo de 14 de junio de 2017 por la que se adoptó el informe n.º A8-0218/2017 de la Comisión de Asuntos Jurídicos sobre el suplicatorio de suspensión de la inmunidad y de los privilegios de Mylène Troszczynski, diputada del Parlamento Europeo.

Que se resuelva como mejor proceda en Derecho respecto al importe que debe atribuirse a la recurrente en concepto de gastos de procedimiento.

Que se condene al Parlamento Europeo a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

1.    Sobre el análisis del segundo motivo por el Tribunal General

El Tribunal no considera el tweet controvertido de Mylène Troszczynski como una opinión emitida en el ejercicio de sus funciones de diputada por tener relación con un hecho preciso, que se cree que tuvo lugar en Francia, y no puede ser asimilado a una toma de posición general sobre temas de actualidad o tratados por el Parlamento, características necesarias de una opinión protegida por el Protocolo.

El Tribunal General cometió un error manifiesto de apreciación, ya que:

Cada diputado es elegido por su país, representa a sus electores y debe mantener durante su mandato un vínculo necesario con ellos, evocando en particular los hechos que les interesan o les conciernen.

El principio n.º 2 de la Comunicación a los miembros 11/2003 no hace tal distinción.

El uso de velo integral en los espacios públicos afecta al electorado en Francia pero también al del conjunto de los países de Europa y esta manifestación exterior de pertenencia al Islam es un asunto de interés general que concierne tanto a la vida pública como al derecho de las mujeres.

El Tribunal General habría debido aplicar los principios de la sentencia Patriciello.

2.    Sobre el análisis del tercer motivo por el Tribunal

Se ha demostrado y es admitido por el Tribunal que Mylène Troszczynski no es la autora del tweet controvertido y que ella lo borró tan pronto como tuvo conocimiento de él. El Tribunal considera no obstante que estos dos hechos no han sido tomados en consideración para determinar si se cumplen las condiciones de la suspensión de la inmunidad parlamentaria.

El Tribunal incurre en error manifiesto de apreciación:

Al afirmar que no corresponde al Parlamento saber si son probados los hechos imputados a la diputada en cuestión, incluso teniendo en cuenta que el Parlamento examina los hechos reconociendo en su decisión que Mylène Troszczynski no es la autora del tweet.

Al no extraer las consecuencias jurídicas de determinados documentos adjuntos en anexo al informe de la Comisión de los Asuntos Jurídicos, a saber, los extractos de la Ley de 29 de julio de 1881, y especialmente su artículo 42.

En tanto el auto de remisión ante el Tribunal correctionnel (Tribunal de lo Penal) de 26 de abril de 2018 refleja la persecución de un magistrado contra una diputada, por tanto, una intención de perjudicarla en el plano político, comportamiento característico del fumus persecutionis.

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