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Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy w Opatowie (Polonia) el 20 de marzo de 2019 — QL S.A. w B. / C.G.

(Asunto C-252/19)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy w Opatowie

Partes en el procedimiento principal

Demandante: QL S.A. w B.

Demandada: C.G.

Cuestión prejudicial

¿Deben interpretarse las disposiciones de la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo, 1 en particular los artículos 3, letra g), y 22, apartado l, de la Directiva, en el sentido de que las citadas disposiciones se oponen a la introducción en el ordenamiento nacional de la institución de los «gastos máximos del crédito no correspondientes a intereses» y de la fórmula matemática para el cálculo del importe de estos gastos, que se contemplan en el artículo 5, punto 6a, en relación con el artículo 36a de la ustawa z 12 maja 2011 r. o kredycie konsumenckim [Ley sobre el Crédito al Consumo, de 12 de mayo de 2011 (texto refundido: Dz.U.2018.993)], cuyas soluciones jurídicas permiten contabilizar como gastos relacionados con el contrato de crédito, soportados por el consumidor (coste total del crédito), también los gastos de la actividad económica desarrollada por el profesional?

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1 DO 2008, L 133, p. 66