Auto del Tribunal de Justicia (Sala de admisión a trámite de recursos de casación) de 16 de septiembre de 2019 — Primed Halberstadt Medizintechnik/Prim
(Asunto C‑421/19 P)
«Recurso de casación — Marca de la Unión Europea — Artículo 170 ter del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de una cuestión para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Inadmisión a trámite del recurso de casación»
1. Procedimiento judicial — Admisibilidad de los recursos — Apreciación en relación con la situación que existía en el momento en que se presentó el escrito de demanda — Entrada en vigor del régimen de previa admisión a trámite de los recursos de casación durante el plazo de recurso — Aplicabilidad al recurso de casación interpuesto con posterioridad a la entrada en vigor
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis)
(véanse los apartados 8 a 10)
2. Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión — Inadmisión
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 170 ter)
(véanse los apartados 12 a 15)
Fallo
1) | | No admitir a trámite el recurso de casación. |
2) | | Primed Halberstadt Medizintechnik GmbH cargará con sus propias costas. |