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Recurso interpuesto el 11 de febrero de 2019 — República Italiana / Consejo de la Unión Europea, Parlamento Europeo

(Asunto C-106/19)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: República Italiana (representantes: G. Palmieri, S. Fiorentino y C. Colelli, agentes)

Demandadas: Consejo de la Unión Europea, Parlamento Europeo

Pretensiones de la parte demandante

Que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea anule el Reglamento (UE) 2018/1718 que modifica el Reglamento (CE) n.º 726/2004 en lo que respecta a la ubicación de la sede de la Agencia Europea de Medicamentos, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea de 16 de noviembre de 2018, L 291. 1

Que el Tribunal de Justicia condene en costas al Consejo de la Unión Europea y al Parlamento Europeo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo del recurso se invocan dos motivos:

– Infracción de los artículos 10, 13 y 14 del Tratado de la Unión Europea. Infracción de los artículos 114, 168, apartado 4, letra c), 289 y 294 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: el Reglamento impugnado, al indicar que Ámsterdam será la sede de la EMA, se ha limitado a consignar la elección fruto de un procedimiento que culminó en la reunión del Consejo de 20 de noviembre de 2017, en cuya adopción el Parlamento Europeo no había tomado parte. En consecuencia, dado que el Parlamento no pudo participar en modo alguno en el procedimiento de toma de decisiones para la adopción de ese Reglamento, fue privado en esencia de sus prerrogativas que, por el contrario, debían ser plenamente respetadas en virtud de las disposiciones de los Tratados que regulan el procedimiento legislativo elegido.

– Ilegalidad del Reglamento impugnado como consecuencia de la ilegalidad de la Decisión de 20 de noviembre de 2017 — 14559/17. Desviación de poder por falta de instrucción y distorsión de los hechos: en el supuesto de que se apreciase que el Reglamento no podía sino incorporar la decisión adoptada el 20 de noviembre de 2017, y que, por consiguiente, no se vulneraron las prerrogativas del Parlamento, deberá considerarse que el propio Reglamento adolece, con carácter derivado, de los mismos vicios de que adolece esa decisión, ya denunciados por la República Italiana en el recurso que dio origen al asunto C-59/18.

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1     Reglamento (UE) 2018/1718 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, que modifica el Reglamento (CE) n.º 726/2004 en lo que respecta a la ubicación de la sede de la Agencia Europea de Medicamentos (DO 2018, L 291, p. 3).