Language of document : ECLI:EU:F:2007:234

AUTO DEL TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (Sala Primera)

de 14 de diciembre de 2007

Asunto F‑131/06

Robert Steinmetz

contra

Comisión de las Comunidades Europeas

«Función pública — Funcionarios — Solución amistosa — Cumplimiento de un acuerdo — Denegación de reembolso de dietas por misión — Inadmisibilidad manifiesta — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Reparto de las costas — Gastos abusivos o temerarios»

Objeto: Recurso interpuesto al amparo de los artículos 236 CE y 152 EA, mediante el cual el Sr. Steinmetz solicita, por un lado, que se anule la decisión de la Comisión, de 21 de febrero de 2006, por la que se deniega el cumplimiento íntegro de un acuerdo en el marco de una solución amistosa que las partes celebraron ante el Tribunal de Primera Instancia en el asunto T‑155/05, y, por otro lado, el pago de un euro simbólico en concepto de indemnización del perjuicio moral que el demandante alega haber sufrido.

Resultado: Se desestima el recurso por ser manifiestamente inadmisible. La demandante cargará con sus propias costas, exceptuando un importe de 500 euros. La Comisión cargará, además de con sus propias costas, con las costas del demandante hasta el límite de 500 euros.

Sumario

1.      Procedimiento — Admisibilidad de los escritos procesales — Apreciación en el momento en que se presenta el escrito

(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 114)

2.      Funcionarios — Recursos — Recurso que no tiene en cuenta el contenido de una solución amistosa que anteriormente condujo a un desistimiento — Inexistencia de interés en ejercitar la acción

1.       Del mismo modo en que la admisibilidad de un recurso se aprecia en el momento en que éste se interpone, la admisibilidad de los demás escritos procesales —como, por ejemplo, el escrito mediante el que se propone una excepción de inadmisibilidad— debe apreciarse en el momento en que tales escritos se presentan. Esta interpretación garantiza la observancia de los principios de seguridad jurídica y protección de la confianza legítima.

(véase el apartado 27)

Referencia:

Tribunal de Primera Instancia: 27 de noviembre de 1984, Bensider y otros/Comisión (50/84, Rec. p. 3991), apartado 8

Tribunal de Primera Instancia: 8 de octubre de 2001, Stauner y otros/Parlamento y Comisión (T‑236/00 R II, Rec. p. II‑2943), apartado 49; 9 de julio de 2003, Commerzbank/Comisión (T‑219/01, Rec. p. II‑2843), apartado 61

2.      Cuando, en el marco de un litigio pendiente ante el Tribunal de Primera Instancia, el demandante propone a la institución demandada un proyecto de solución amistosa del litigio, la institución acepta parcialmente tal propuesta y, por último, el demandante, basándose en esa aceptación parcial, solicita y obtiene que el Tribunal de Primera Instancia archive el asunto, debe considerarse que el interesado ha dado su conformidad al acuerdo según esa última propuesta de la institución y, por consiguiente, que carece de interés para cuestionar el contenido de tal acuerdo con el argumento de que no corresponde a aquel que había propuesto inicialmente.

Cuando una institución cumple en su integridad los compromisos resultantes de un acuerdo celebrado en el marco del litigio que la opone a un demandante, este último carece de interés para reprochar a dicha institución el no haber respetado los términos del mencionado acuerdo.

(véanse los apartados 44 a 52)