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Recurso de casación interpuesto el 31 de marzo de 2019 por Ethniko Kentro Erevnas kai Technologikis Anaptyxis (EKETA) contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) dictada el 22 de enero de 2019 en el asunto T-166/17, EKETA / Comisión Europea

(Asunto C-273/19 P)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Recurrente: Ethniko Kentro Erevnas kai Technologikis Anaptyxis (EKETA) (representantes: Vasileios Christianos, Dimitrios Karagkounis, dikigoroi)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia del Tribunal General de 22 de enero de 2019 dictada en el asunto T-166/17, 1 en lo que atañe a los puntos 2 y 3 del fallo y a la fundamentación jurídica relativa a estos.

Devuelva el asunto al Tribunal General para que este se pronuncie de nuevo.

Condene en costas a la Comisión Europea.

Motivos y principales alegaciones

El recurrente en casación no impugna, ni el punto 1 del fallo de la sentencia recurrida ni la fundamentación jurídica relativa a dicho punto, recogida en los apartados 142, 143, 145, 171, 173, 187 a 189 y 191 a 193 de la sentencia recurrida.

El recurrente en casación sostiene que los puntos 2 y 3 del fallo de la sentencia recurrida y la fundamentación jurídica relativa a estos puntos deben anularse por los motivos siguientes:

Primer motivo de casación: el Tribunal General no resolvió conforme a Derecho y no examinó todos los elementos de prueba presentados por EKETA. Además, desnaturalizó los hechos, tal como resultan de estas, incurrió en un error de Derecho en lo que atañe al reparto de la carga de la prueba e incumplió la obligación que le incumbe de motivar su resolución (apartados 5 y siguientes del recurso de casación).

Segundo motivo de casación: el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al analizar incorrectamente la existencia de riesgo de conflicto de intereses (apartados 78 y siguientes del recurso de casación).

Tercer motivo de casación: el Tribunal General incurrió en un error de Derecho, al interpretar erróneamente en este contexto la obligación de la Comisión de efectuar un control basándose en las normas internacionales de contabilidad (apartados 94 y siguientes del recurso de casación).

Cuarto motivo de casación: el Tribunal General incurrió en un error de Derecho en relación con la interpretación del principio de analogía, que vulneró (apartados 103 y siguientes del recurso de casación).

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1 EU:T:2019:26.