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Recurso interpuesto el 5 de enero de 2006 - Marcuccio/Comisión

(Asunto F-2/06)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Luigi Marcuccio (Tricase, Italia)) (representante: I. Cazzato, abogado)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la decisión de sobreseer el procedimiento relativo al reconocimiento al demandante de las garantías legales, en particular las recogidas en el artículo 73 del Estatuto, en relación con un accidente que sufrió el 10 de septiembre de 2003.

Que se condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante alega, en primer lugar, que la decisión impugnada carece manifiestamente de toda lógica así como de motivación. De hecho, a pesar de que en varias ocasiones declarara que, por un lado, tenía interés en que prosiguiera el procedimiento incoado para obtener las prestaciones del artículo 73 del Estatuto y, por otro, que estaba a disposición del médico designado por la demandada, ésta concluyó, no obstante, que el demandante no estaba interesado en proseguir el procedimiento de que se trata y, por lo tanto, decidió su sobreseimiento.

Además, el demandante sostiene que la demandada incurrió en infracción de ley, dado que no existe norma alguna que obligue al funcionario que haya sufrido un accidente a ponerse en contacto directo con el médico designado por la institución para fijar una cita.

Por último, el demandante reprocha a la demandada el incumplimiento del deber de asistencia del artículo 24 del Estatuto, habida cuenta que ésta no tuvo en consideración los intereses de aquél y observó una conducta poco adecuada a los deberes del ejercicio de su función.

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