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Recurso de casación interpuesto el 22 de febrero de 2019 por el Servicio Europeo de Acción Exterior contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 13 de diciembre de 2018 en el asunto T-537/17, De Loecker / SEAE

(Asunto C-187/19 P)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Servicio Europeo de Acción Exterior (representantes: S. Marquardt, R. Spac, agentes)

Otra parte en el procedimiento: Stéphane De Loecker

Pretensiones de la parte recurrente

Que se anule la sentencia recurrida.

Que se desestime la demanda por infundada en cuanto se refiere a la pretensión de anulación de la decisión de 10 de octubre de 2016 por la que se desestima la denuncia por acoso psicológico contra el entonces Director General Administrativo (Chief Operating Officer) del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE).

Que se condene en costas al demandante.

Motivos y principales alegaciones

El recurso de casación está dirigido contra los apartados 57, 58 y 65 de la sentencia recurrida. Según el SEAE, el Tribunal General incurrió en error de Derecho al declarar, en el apartado 65 de su sentencia, que el SEAE no ejecutó correctamente la sentencia de 16 de diciembre de 2015, De Loecker/SEAE (F-34/15) y vulneró el derecho del demandante a ser oído al no haberle dado audiencia en el marco del examen previo a la apertura de una investigación administrativa.

En este contexto, el SEAE considera que el Tribunal General incurrió en error de Derecho en su apreciación de los hechos constitutivos de asunto, al haber desnaturalizado el procedimiento seguido y haber omitido la circunstancia de que el SEAE había oído al demandante, dándole la oportunidad de aportar cualquier información adicional a la presentada inicialmente en su denuncia antes de remitir el expediente a los servicios de la Comisión a efectos del examen previo.

Asimismo, el SEAE alega que la sentencia De Loecker/SEAE (F-34/15) fue interpretada erróneamente, en el sentido de que imponía al SEAE la obligación de oír al demandante ya en la fase del procedimiento previo (apartados 55 a 57 de la sentencia recurrida).

Por último, el SEAE aduce que el Tribunal General incurrió en un error de apreciación respecto al procedimiento al transponer al presente asunto las conclusiones de la sentencia de 14 de febrero de 2017, Kerstens/Comisión (T-270/16 P, citada en el apartado 58 de la sentencia recurrida). Sostiene que el Tribunal General no tiene en cuenta el hecho de que, en el presente asunto, se trataba únicamente de un examen previo y no de una investigación administrativa.

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