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Recurso interpuesto el 21 de agosto de 2017 — Comisión Europea / Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

(Asunto C-503/17)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: F. Tomat, J. Tomkin, agentes)

Demandada: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

La parte demandante solicita al Tribunal de Justicia que:

Declare que el Reino Unido, al autorizar el uso de carburante marcado para el abastecimiento de embarcaciones privadas de recreo, ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 95/60/CE. 1

Condene en costas al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Motivos y principales alegaciones

La Comisión sostiene que permitir la venta de carburante marcado para el abastecimiento de embarcaciones privadas de recreo es, en esencia, incompatible con la Directiva 95/60/CE. La obligación de marcar el carburante que está gravado con el impuesto especial a un tipo reducido se estableció específicamente con el fin de garantizar que pudiera distinguirse fácilmente del carburante por el que se ha liquidado el impuesto al tipo general. Ahora bien, la medida nacional tiene por efecto que, en caso de hallar combustible marcado en el depósito de una embarcación privada de recreo que ha repostado en el Reino Unido, no es posible determinar, basándose en el marcado, si dicho carburante fue gravado por el impuesto especial al tipo general o a un tipo reducido.

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1  Directiva 95/60/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 1995, relativa al marcado fiscal del gasóleo y del queroseno (DO 1995, L 291, p. 46).