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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 6 de diciembre de 2012 - AstraZeneca AB, AtraZeneca plc / Comisión Europea, European Federation of Pharmaceutical Industries and Associations (EFPIA)

(Asunto C-457/10 P) 

(Recurso de casación - Competencia - Abuso de posición dominante -Mercado de medicamentos contra la úlcera - Abuso de los procedimientos relativos a los certificados complementarios de protección de medicamentos y de los procedimientos de autorización de comercialización de medicamentos - Declaraciones engañosas - Revocaciones de autorizaciones de comercialización - Obstáculos a la comercialización de productos farmacéuticos genéricos y a las importaciones paralelas)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrentes: AstraZeneca AB, AtraZeneca plc (representantes: M. Brealey, QC, M. Hoskins, QC, D. Jowell, Barrister, y F. Murphy, Solicitor)

Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: F. Castillo de la Torre, É. Gippini Fournier y J. Bourke, agentes), European Federation of Pharmaceutical Industries and Associations (EFPIA) (representante: M. Van Kerckhove, abogado)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta ampliada) de 1 de julio de 2010 - AstraZeneca/Comisión (T-321/05), mediante la que el Tribunal General anuló parcialmente la Decisión de la Comisión, de 15 de junio de 2005, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 82 del Tratado CE y del artículo 54 del Acuerdo EEE (Asunto COMP/A.37.507/F3 -AstraZeneca), por la que se imponía una multa de 60 millones de euros a las recurrentes en casación por haber utilizado abusivamente el sistema de patentes y los procedimientos de comercialización de productos farmacéuticos con el fin de evitar o retrasar la llegada al mercado de medicamentos genéricos competidores - Definición del mercado - Interpretación del artículo 19 del Reglamento (CEE) nº 1768/92 relativo a la creación de un certificado complementario de protección para los medicamentos.

Fallo

Desestimar el recurso de casación principal y las adhesiones a la casación.

Condenar a AstraZeneca AB y a AstraZeneca plc al pago de las costas correspondientes al recurso de casación principal.

Condenar a la European Federation of Pharmaceutical Industries and Associations (EFPIA) al pago de las costas correspondientes a su adhesión a la casación y a cargar con sus propias costas en el recurso de casación principal.

La Comisión Europea cargará con sus propias costas en su adhesión a la casación.

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1 - DO C 301, de 6.11.2010.