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Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 18 de julio de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Kammergericht Berlin — Alemania) — Konrad Erzberger / TUI AG

(Asunto C-566/15) 1

(Procedimiento prejudicial — Libre circulación de trabajadores — Principio de no discriminación — Elección de los representantes de los trabajadores en el consejo de supervisión de una sociedad — Normativa nacional que reserva el derecho de sufragio activo y pasivo exclusivamente a los trabajadores de establecimientos situados en el territorio nacional)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Kammergericht Berlin

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Konrad Erzberger

Demandada: TUI AG

con intervención de: Vereinigung Cockpit eV, Betriebsrat der TUI AG/TUI Group Services GmbH, Frank Jakobi, Andreas Barczewski, Peter Bremme, Dierk Hirschel, Michael Pönipp, Wilfried H. Rau, Carola Schwirn, Anette Stempel, Ortwin Strubelt, Marcell Witt, Wolfgang Flintermann, Stefan Weinhofer, ver.di — Vereinte Dienstleistungsgewerkschaft

Fallo

El artículo 45 TFUE debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa de un Estado miembro, como la controvertida en el litigio principal, en virtud de la cual los trabajadores empleados en los establecimientos de un grupo de sociedades situados en el territorio de ese Estado miembro se ven privados del derecho de voto y del derecho a ser candidatos en la elección de los representantes de los trabajadores en el consejo de supervisión de la sociedad matriz del grupo, establecida en dicho Estado miembro, así como, en su caso, del derecho a ejercer o a seguir ejerciendo su mandato de representantes en ese consejo, cuando renuncien a su puesto de trabajo en uno de esos establecimientos y sean contratados por una filial perteneciente al mismo grupo establecida en otro Estado miembro.

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1 DO C 90 de 7.3.2016.