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Recurso interpuesto el 24 de agosto de 2015 — Alsharghawi/Consejo

(Asunto T-485/15)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Bashir Saleh Bashir Alsharghawi (Johannesburgo, Sudáfrica) (representante: É. Moutet, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión 2015/1333/PESC del Consejo, de 31 de julio de 2015, por la que se deroga la Decisión 2011/137/PESC, y el Reglamento de Ejecución (UE) nº 2015/1323 del Consejo, de 31 de julio de 2015, por el que se aplica el artículo 16, apartado 2, del Reglamento (UE) nº 204/2011 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia.

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

Primer motivo, basado en la falta de competencia del Consejo para incluir al demandante en la lista de personas sometidas a medidas restrictivas, habida cuenta de que el nombre del demandante no figura ni en las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1970 (2011) y 1973 (2011) ni en sus resoluciones modificativas 2213/2015 y 2214/2015.

Segundo motivo, basado en vicios de forma sustanciales, que se desglosa en dos partes:

–    incumplimiento de la obligación de motivación;

–    vulneración de los derechos de defensa del demandado al no haberse celebrado un procedimiento contradictorio.

Tercer motivo, basado en la infracción de la normativa jurídica relativa a la aplicación de los Tratados de la Unión Europea, que se desglosa en dos partes:

vulneración de la presunción de inocencia;

violación de los derechos fundamentales, en la medida en que el Consejo ha vulnerado la libertad de movimiento y el derecho de propiedad del demandante al imponerle las medidas restrictivas.

Cuarto motivo, basado en la falta de fundamento de los actos impugnados, en la medida en que no existe ninguna base fáctica sólida que fundamente su pertinencia.

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