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Recurso interpuesto el 18 de febrero de 2014 – Comisión Europea / Irlanda

(Asunto C-87/14)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: J. Enegren, M. van Beek, agentes)

Demandada: Irlanda

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de lo dispuesto en los artículos 3, 5, 6, y 17, apartados 2 y 5, de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, 1 al no haberla aplicado al tiempo de trabajo de los médicos en período de formación (médicos de hospital no titulares).

Que se condene en costas a Irlanda.

Motivos y principales alegaciones

Artículo 3

Irlanda no ha garantizado que los médicos en período de formación disfruten del período mínimo de descanso diario en el curso de cada período de 24 horas.

Artículo 5

Irlanda no ha garantizado que los médicos en período de formación disfruten del período mínimo de descanso ininterrumpido por cada período de 7 días.

Artículo 6

Irlanda no ha garantizado que la duración media del tiempo de trabajo no exceda de 48 horas por cada período de siete días.

Artículo 17, apartado 2

Irlanda no ha garantizado que se conceda a los médicos en período de formación períodos equivalentes de descanso compensatorio cuando tengan que trabajar prescindiendo de los períodos de descanso indicados en los artículos 3 y 5.

Artículo 17, apartado 5

Irlanda no ha garantizado que los médicos en período de formación no rebasen el tiempo de trabajo semanal una vez finalizado el período transitorio establecido en el artículo 17, apartado 5.

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1 DO L 299, p. 9.