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Petición de decisión prejudicial planteada por el tribunal administratif (Luxemburgo) el 16 de enero de 2012 - Elodie Giersch, Benjamin Marco Stemper, Julien Taminiaux, Xavier Renaud Hodin, Joëlle Hodin / Gran Ducado de Luxemburgo

(Asunto C-20/12)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal administratif

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: Elodie Giersch, Benjamin Marco Stemper, Julien Taminiaux, Xavier Renaud Hodin, Joëlle Hodin

Recurrida: Gran Ducado de Luxemburgo

Cuestión prejudicial

"¿A la luz del principio comunitario de igualdad de trato enunciado en el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1612/68,  las consideraciones de política educativa y presupuestaria invocadas por el Estado luxemburgués, a saber, fomentar el incremento de la proporción de personas que poseen un título de educación superior, actualmente insuficiente en comparación con otros países en el caso de la población residente en Luxemburgo, consideraciones que se verían gravemente amenazadas si el Estado luxemburgués tuviera que abonar la ayuda económica para estudios superiores a cualquier estudiante, sin vínculo alguno con la sociedad del Gran Ducado, que desease cursar estudios superiores en cualquier país del mundo, lo que supondría un gasto desproporcionado para el presupuesto del Estado luxemburgués, constituyen consideraciones, en el sentido de la jurisprudencia comunitaria citada, que pueden justificar la diferencia de trato que se deriva de la obligación de residencia exigida tanto a los nacionales luxemburgueses como a los nacionales de otros Estados miembros a efectos de obtener una ayuda económica para cursar estudios superiores?"

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1 - Reglamento (CEE) nº 1612/68 del Consejo, de 15 de octubre de 1968, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Comunidad (DO L 257, p. 2; EE 05/01, p. 77).