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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 27 de junio de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Symvoulio tis Epikrateias – Grecia) – Eleftherios-Themistoklis Nasiopoulos / Ypourgos Ygeias & Pronoias

(Asunto C-575/11) 1

(Reconocimiento de diplomas y títulos – Directiva 2005/36/CE – Profesión de fisioterapeuta – Reconocimiento parcial y limitado de las cualificaciones profesionales – Artículo 49 TFUE)

Lengua de procedimiento: griego

Órgano jurisdiccional remitente

Symvoulio tis Epikrateias

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Eleftherios-Themistoklis Nasiopoulos

Demandada: Ypourgos Ygeias & Pronoias

Objeto

Petición de decisión prejudicial – Symvoulio tis Epikrateias – Interpretación del artículo 49 TFUE y de las Directivas 89/48/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a un sistema general de reconocimiento de los títulos de enseñanza superior que sancionan formaciones profesionales de una duración mínima de tres años (DO 1989, L 19, p. 16), y 92/51/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, relativa a un segundo sistema general de reconocimiento de formaciones profesionales, que completa la Directiva 89/48/CEE (DO L 209, p. 25) – Denegación de concesión de una autorización de acceso a la profesión regulada de fisioterapeuta en un Estado miembro de acogida a uno de sus nacionales que no dispone de un diploma en ese sentido, en el sentido del artículo 1, párrafo a), de la Directiva 92/51/CEE, pero sí de las cualificaciones para ejercer una profesión similar reconocida en otro Estado miembro – Posibilidad de un acceso parcial, limitado a determinadas actividades cubiertas por la profesión.

Fallo

El artículo 49 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a una legislación nacional que excluye el acceso parcial a la profesión de fisioterapeuta, regulada en el Estado miembro de acogida, a un nacional de ese mismo Estado que haya obtenido en otro Estado miembro un título, como el de masajista-especialista sanitario en hidroterapia, que le autoriza a ejercer, en ese segundo Estado miembro, una parte de las actividades que abarca la profesión de fisioterapeuta, cuando las diferencias entre los campos de actividad son tan grandes que sería preciso, en realidad, seguir una formación completa para poder acceder a la profesión de fisioterapeuta. Incumbe al órgano jurisdiccional nacional determinar si es éste el caso.

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1 DO C 25, de 28.1.2012.