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Petición de decisión prejudicial presentada por el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi (España) el 28 de octubre de 2016 – Montte S.L. / Musikene

(Asunto C-546/16)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Montte S.L.

Demandada: Musikene

Cuestiones prejudiciales

¿Se opone la Directiva 2014/24/UE1 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, a una legislación nacional como el artículo 150.4 TRLCSP2 , o a una práctica de interpretación y aplicación de dicha legislación, que autorizan a los poderes adjudicadores a establecer en los pliegos que rigen la licitación de un procedimiento abierto criterios de adjudicación que operan en fases sucesivas eliminatorias para las ofertas que no superan un umbral mínimo de puntuación predeterminado?

En el caso de que la respuesta a la primera cuestión sea negativa, ¿se opone la citada Directiva 2014/24 a una legislación nacional, o a una práctica de interpretación y aplicación de dicha legislación, que utilizan en el procedimiento abierto el citado sistema de criterios de adjudicación que operan en fases sucesivas eliminatorias de manera que en la última fase no queden ofertas suficientes como para garantizar una competencia real?

En el caso de que la respuesta a la segunda cuestión sea positiva, ¿se opone la citada Directiva 2014/24, por no garantizarse una competencia real o por eludir el mandato de adjudicar el contrato a la oferta con la mejor relación calidad / precio, a una cláusula como la debatida, en la que el factor precio solo se valora para las ofertas que hayan obtenido 35 sobre 50 puntos en los criterios técnicos?

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1 DO 2014, L 94, p. 65

2 Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público