Language of document :

Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Noord–Nederland ,Países Bajos, el 12 de febrero de 2018 — Openbaar Ministerie / ET

(Asunto C-97/18)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Rechtbank Noord-Nederland, Sede de Leeuwarden

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Openbaar Ministerie

Demandada: ET

Cuestiones prejudiciales

¿Puede interpretarse el artículo 12, apartado 1, de la Decisión Marco 2006/783/JAI, 1 en el sentido de que en la ejecución en los Países Bajos de una resolución de decomiso transmitida por un Estado de emisión puede imponerse la prisión por deudas en el sentido del artículo 577c del Wetboek van Strafvordering (Código de enjuiciamiento criminal), habida cuenta de la sentencia del Hoge Raad de 20 de diciembre de 2011, 2 en virtud de la cual la prisión por deudas debe tener la consideración de pena en el sentido del artículo 7, apartado 1, del CEDH?

¿Tiene alguna relevancia, a efectos de la posibilidad de imponer la prisión por deudas, la circunstancia de que el Derecho del Estado de emisión también prevea la posibilidad de imponer la prisión por deudas?

____________

1 Decisión marco 2006/783/JAI del Consejo, de 6 de octubre de 2006, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de resoluciones de decomiso (DO 2006, L 328, p. 59).

2 NL:HR:201:BP9449.