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Recurso de casación interpuesto el 25 de mayo de 2018 por Caviro Distillerie Srl, Distillerie Bonollo SpA, Distillerie Mazzari SpA e Industria Chimica Valenzana (ICV) SpA contra la sentencia del Tribunal de Tribunal General (Sala Novena) dictada el 15 de marzo de 2018 en el asunto T-211/16, Caviro Distillerie y otros / Comisión

(Asunto C-345/18 P)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrentes: Caviro Distillerie Srl, Distillerie Bonollo SpA, Distillerie Mazzari SpA e Industria Chimica Valenzana (ICV) SpA (representante: R. MacLean, Solicitor)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de las partes recurrentes

Las partes recurrentes solicitan al Tribunal General que:

Anule la sentencia del Tribunal General en la medida en que incurrió en error al sustituir indebidamente con su razonamiento el de la Comisión cuando examinó el segundo motivo invocado por las recurrentes en su recurso.

Anule la sentencia del Tribunal General por considerar que dicho órgano desnaturalizó manifiestamente las pruebas que le fueron sometidas en relación con la evolución y la situación final de la cuota de mercado de la industria de la Unión.

Estime el segundo motivo invocado por las recurrentes en relación con la evaluación errónea de la situación de la cuota de mercado efectuada por el Tribunal General y se pronuncie sobre el motivo de que se trate y dicte sentencia frente a la que no quepa posterior recurso.

Con carácter subsidiario, devuelva el asunto al Tribunal General para que este se pronuncie adecuadamente sobre el motivo de las partes recurrentes a este respecto.

Declare que el Tribunal General incurrió en error manifiesto de apreciación e infringió los artículos 3, apartado 2, y 3, apartado 5, del Reglamento de base 1 cuando concluyó que la Comisión no incurrió en error manifiesto de apreciación alguno cuando adoptó sus conclusiones relativas a la existencia de un perjuicio importante.

Declare que el Tribunal General aportó una motivación insuficiente y contradictoria.

Condene a la Comisión a pagar las costas y gastos en que hayan incurrido las recurrentes en este procedimiento y en el procedimiento en primera instancia.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las partes recurrentes invocan tres motivos. Los tres motivos que se alegan ante el Tribunal de Justicia hacen referencia al segundo motivo invocado ante el Tribunal General. En resumen, los motivos invocados ante el Tribunal de Justicia son los siguientes:

1.    El Tribunal General incurrió en error de Derecho al sustituir con su propio razonamiento el de la Comisión cuando evaluó la importancia del descenso de la cuota de mercado de la industria de la Unión, tanto en términos relativos como en términos absolutos, y/o manifiestamente desnaturalizó las pruebas que le fueron sometidas acerca de la bajada de la cuota de mercado de la industria de la Unión.

2.    El Tribunal General incurrió en error manifiesto de apreciación e infringió los artículos 3, apartado 2, y 3, apartado 5, del Reglamento de base al concluir que la Comisión no incurrió en error manifiesto de apreciación alguno cuando adoptó sus conclusiones relativas a la existencia de un perjuicio importante.

3.    El Tribunal General no proporcionó una motivación suficiente en cuanto a su determinación sobre este punto toda vez que no explicó por qué el error de la Comisión en la apreciación de la cuota de mercado de la industria de la Unión no justificaba la anulación del Reglamento impugnado como solicitaron las recurrentes. Además, el Tribunal General aportó una motivación contradictoria ya que estimó que existía error de apreciación en la evaluación de la Comisión de la cuota de mercado de la industria de la Unión pero finalmente se pronunció a su favor.

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1 Reglamento (CE) n.º 1225/2009 del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Comunidad Europea (DO 2009, L 343, p. 51).