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Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 19 de marzo de 2018 — C.A.F.A.R. — Società Agricola Cooperativa, Società Agricola Guidi di Roncofreddo di Guidi Giancarlo e Nicolini Fausta / Regione Emilia-Romagna y otros

(Asunto C-200/18)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Consiglio di Stato

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Società Agricola Cooperativa, Società Agricola Guidi di Roncofreddo di Guidi Giancarlo e Nicolini Fausta

Demandadas: Regione Emilia-Romagna, Azienda Unità Sanitaria Locale 104 di Modena, A.U.S.L. Romagna

Cuestiones prejudiciales

1)    ¿Debe interpretarse el artículo 27 del Reglamento CE n.º 882/2004, 1 por cuanto dispone que los Estados miembros garantizarán la recaudación de una tasa en el caso de las actividades contempladas en la sección A del anexo IV y en la sección A del anexo V, en el sentido de que impone una obligación de pago a los agricultores también cuando «ejerzan actividades de sacrificio y despiece de la carne con carácter instrumental y en relación con la actividad de cría de los animales»?

2)    ¿Puede un Estado excluir del pago de los gravámenes aplicables por los controles sanitarios a determinadas categorías de agricultores aun cuando haya establecido un sistema de recaudación tributaria adecuado, en su conjunto, para garantizar la cobertura de los costes de los controles oficiales o aplicar tasas inferiores a las previstas en el Reglamento CE n.º 8[8]2/2004?

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1 Reglamento (CE) n.º 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales (DO 2004, L 165, p. 1).