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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 27 de junio de 2013 – Comisión Europea / República Francesa

(Asunto C-485/11) 1

(Incumplimiento de Estado – Redes y Servicios de comunicaciones electrónicas – Directiva 2002/20/CE – Artículo 12 – Tasas administrativas aplicables a las empresas titulares de autorizaciones generales – Normativa nacional – Operadores de telecomunicaciones electrónicas – Obligación de pago de un impuesto adicional)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: A. Bordes y G. Braun, agentes)

Demandada: República Francesa (representantes: G. de Bergues y J.-S. Pilczer, agentes)

Partes coadyuvantes que intervienen en apoyo de la parte demandada: Reino de España (representante: N. Díaz Abad, agente); Hungría (representantes: M.Z. Fehér, K. Szíjjártó, K. Molnár y A. Szilágyi, agentes)

Objeto

Incumplimiento de Estado – Infracción del artículo 12 de la Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (DO L 108, p. 21) – Tasas y cánones aplicables a las empresas titulares de autorizaciones generales – Compatibilidad de una normativa nacional que establece un impuesto adicional al que están sujetos los operadores de telecomunicaciones electrónicas.

Fallo

Desestimar el recurso.

Condenar en costas a la Comisión Europea.

El Reino de España y Hungría cargarán con sus propias costas

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1 DO C 355, de 3.12.2011.