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Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale civile di Roma (Italia) el 13 de abril de 2015 — X / Presidenza del Consiglio dei Ministri

(Asunto C-167/15)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunale civile di Roma

Partes en el procedimiento principal

Demandante: X

Demandada: Presidenza del Consiglio dei Ministri

Cuestiones prejudiciales

1)    ¿Debe interpretarse el artículo 12, apartado 2, de la Directiva 2004/80 1 en el sentido de que se opone a una ley nacional de transposición que, remitiéndose para la concesión de beneficios a cargo del Estado a las disposiciones de leyes especiales en favor de la víctima del delito, no ofrece a la víctima de un delito violento común acceso a un sistema indemnizatorio sustantivo de carácter general, regulando únicamente aspectos de procedimiento, referentes a los elementos transfronterizos, de acceso a dicho sistema?

2)    ¿Debe interpretarse el artículo 12, apartado 2, de la Directiva 2004/80 en el sentido de que impone un sistema sustantivo de carácter general relativo a la protección por el Estado o, en cualquier caso, que tenga un contenido mínimo? En este último supuesto, ¿cuáles son los criterios para determinar dicho contenido?

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1 Directiva 2004/80/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a la indemnización de las víctimas de delitos (DO L 261, p. 15).