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Sentencia del Tribunal General de 14 de marzo de 2013 - Fresh Del Monte Produce/Comisión

(Asunto T-587/08) 2

("Competencia - Prácticas colusorias - Mercado del plátano - Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 81 CE - Sistema de intercambio de información - Concepto de práctica concertada con un objeto contrario a la competencia - Relación de causalidad entre la concertación y el comportamiento de las empresas en el mercado -Infracción única- Imputación de la infracción - Derecho de defensa - Multas - Gravedad de la infracción - Cooperación - Circunstancias atenuantes")

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Fresh Del Monte Produce, Inc. (George Town, Islas Caimán, Reino Unido) (representantes: inicialmente B. Meyring, abogado, y E. Verghese, Solicitor, y posteriormente B. Meyring)

Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente M. Kellerbauer, A. Biolan y X. Lewis, y posteriormente M. Kellerbauer, A. Biolan y P. Van Nuffel, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: Internationale Fruchtimport Gesellschaft Weichert GmbH & Co. KG (Hamburgo, Alemania) (representantes: A. Rinne, abogado, C. Humpe y S. Kon, Solicitors, y C. Vajda, QC.

Objeto

Pretensión de anulación de la Decisión C(2008) 5955 final de la Comisión, de 15 de octubre de 2008, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 81 [CE] (Asunto COMP/39.188 - Plátanos), y, con carácter subsidiario, pretensión de reducción del importe de la multa.

Fallo

Fijar en 8,82 millones de euros el importe de la multa impuesta en virtud del artículo 2, letra c), de la Decisión C(2008) 5955 de la Comisión, de 15 de octubre de 2008, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 81 [CE] (Asunto COMP/39.188 - Plátanos).

Desestimar el recurso en todo lo demás.

Fresh Del Monte Produce, Inc., cargará con sus propias costas y con tres cuartas partes de las costas de la Comisión Europea. La Comisión cargará con una cuarta parte de sus propias costas.

Internationale Fruchtimport Gesellschaft Weichert GmbH & Co. KG cargará con sus propias costas.

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1 -

2 - DO C 44, de 21.2.2009.