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Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof (Alemania) el 15 de marzo de 2017 — X-GmbH / Finanzamt Stuttgart — Körperschaften

(Asunto C-135/17)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesfinanzhof

Partes en el procedimiento principal

Demandante: X-GmbH

Demandada: Finanzamt Stuttgart — Körperschaften

Cuestión prejudicial/Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse el artículo 57 CE, párrafo primero (actualmente, artículo 64 TFUE, párrafo primero), en el sentido de que una restricción de la libre circulación de capitales con terceros países establecida por un Estado miembro y existente el 31 de diciembre de 1993, relativa a las inversiones directas, no está sujeta al artículo 56 CE (actualmente, artículo 63 TFUE) aunque la disposición que en la fecha de referencia restringía la circulación de capitales con terceros países afectase esencialmente sólo a inversiones directas, pero, en la fecha de referencia, se amplió de manera que desde entonces comprende también las participaciones de cartera en sociedades extranjeras por debajo del límite de participación del 10 %?

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión: ¿Debe interpretarse el artículo 57 CE, párrafo primero, en el sentido de que se ha de considerar como aplicación en la fecha de referencia, el 31 de diciembre de 1993, de una disposición nacional vigente sobre una restricción de la libre circulación de capitales con terceros países en relación con inversiones directas el hecho de que sea aplicable una disposición posterior, esencialmente idéntica a la restricción existente en la fecha de referencia, cuando esta última fue sustancialmente modificada poco tiempo después de la fecha de referencia en virtud de una ley que, pese a haber entrado en vigor, en la práctica nunca llegó a aplicarse porque en el momento de ser aplicable por primera vez a un caso concreto ya había sido sustituida por la disposición actualmente aplicable?

En caso de respuesta negativa a alguna de las dos primeras cuestiones: ¿Se opone el artículo 56 CE a una normativa de un Estado miembro en virtud de la cual la base imponible de un sujeto pasivo domiciliado en dicho Estado miembro y que posee participaciones de al menos el 1 % en una sociedad domiciliada en otro Estado (en este caso, Suiza) se ve incrementada en una proporción de los rendimientos positivos de naturaleza inversora obtenidos por la segunda sociedad, en el importe de la cuota de participación correspondiente, siempre que dichos rendimientos estén sujetos a una tributación menor que en el primer Estado mencionado?

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