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Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 5 de septiembre de 2011 - Verwertungsgesellschaft Wort (VG Wort) / Kyocera Mita Deutschland GmbH y otros

(Asunto C-457/11)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Verwertungsgesellschaft Wort (VG Wort)

Recurridas: Kyocera Mita Deutschland GmbH, Epson Deutschland GmbH, Xerox GmbH

Cuestiones prejudiciales

Se plantean al Tribunal de Justicia de la Unión Europea las siguientes cuestiones relativas a la interpretación de la Directiva 2001/29/CE 1 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información:

A la hora de interpretar el Derecho nacional, ¿debe tenerse en cuenta la Directiva en supuestos que se han producido después de la fecha de su entrada en vigor, el 22 de junio de 2001, pero antes de la fecha de su aplicabilidad, el 22 de diciembre de 2002?

¿Constituyen las reproducciones por medio de impresoras reproducciones en las que se utilice una técnica fotográfica de cualquier tipo u otro proceso con efectos similares en el sentido del artículo 5, apartado 2, letra a), de la Directiva?

En caso de respuesta afirmativa a la segunda cuestión: ¿pueden cumplirse también los requisitos de la Directiva relativos a una compensación equitativa por las excepciones o limitaciones al derecho de reproducción establecidas en el artículo 5, apartados 2 y 3, de la Directiva, teniendo en cuenta el derecho fundamental a la igualdad de trato consagrado en el artículo 20 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, cuando los deudores de la compensación equitativa no sean los fabricantes, importadores y distribuidores de las impresoras, sino los fabricantes, importadores y distribuidores de otro aparato o de varios aparatos de una cadena de aparatos idónea para realizar tales reproducciones?

¿La posibilidad de una aplicación de medidas tecnológicas conforme al artículo 6 de la Directiva elimina la condición de una compensación equitativa en el sentido del artículo 5, apartado 2, letra b), de la Directiva?

¿Desaparecen la condición [artículo 5, apartado 2, letras a) y b), de la Directiva] y la posibilidad (véase el considerando trigésimo sexto de la Directiva) de una compensación equitativa cuando los titulares del derecho hayan permitido expresa o tácitamente una reproducción de sus obras?

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1 - DO L 167, p. 10.