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Recurso de casación interpuesto el 25 de mayo de 2018 por Rose Vision, S.L. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) dictada el 8 de marzo de 2018 en los asuntos T-45/13 RENV y T-587/15, Rose Vision/Comisión

(Asunto C-346/18 P)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Rose Vision, S.L. (representante: J.J. Marín López, abogado)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones

Que el Tribunal de Justicia anule la sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 8 de marzo de 2018, Rose Vision/Comisión, T-45/13 RENV y C-587/15, ECLI:EU:T:2018:124.

Que el Tribunal de Justicia conceda a Rose Vision una indemnización en los términos expuestos en los motivos décimo y décimo primer del presente recurso de casación.

Motivos y principales alegaciones

Error de derecho consistente en la reapertura, en el asunto T-587/15, de la fase oral del procedimiento, realizada mediante Auto del Tribunal General de 10 de octubre de 2017, con el equivocado argumento de que fue solicitada por la demandante;

Error de derecho consistente en que la sentencia recurrida ha desnaturalizado la valoración de las pruebas practicadas al afirmar que la Comisión sustituyó la alerta W 2 por la alerta W 1 de julio de 2012;

Error de derecho consistente en que la sentencia recurrida inadmite, en el asunto T-45/13 RENV, la solicitud de declaración de nulidad de la inscripción de Rose Vision en el SAR, basada en que la alerta W 2 se activó sin que se le informara de ello, sin que se le comunicara la motivación de tal inscripción, sin darle la oportunidad de exponer sus alegaciones al respecto y sin haber podido interponer un recurso contra dicha inscripción;

Error de derecho consistente en la falta de motivación respecto de las alegaciones contenidas en el cuarto motivo de la demanda del asunto T-587/15, que no han sido examinadas en absoluto por la sentencia recurrida;

Error de derecho consistente en que la sentencia recurrida, pese a apreciar correctamente que la Comisión incumplió el plazo de dos meses previsto en el punto II.22, apartado 5, de las condiciones generales del FP7 (apartado 99 de la sentencia recurrida), que superó “muy ampliamente el plazo de dos meses” y que el incumplimiento de dicho plazo es “lamentable” (apartado 116 de la sentencia recurrida), no estima la pretensión de que se declare que el informe final de la auditoría 11-INFS-025 y el informe de la auditoría 11-BA119-016 son contractualmente nulos de pleno derecho y carecen de validez y eficacia;

Error de derecho consistente en que la sentencia recurrida ha desnaturalizado la valoración de las pruebas practicadas al afirmar que la Comisión ha acreditado la realización de los pagos en Rose Vision en los proyectos sISI, 4NEM y SFERA;

Error de derecho consistente en que la sentencia recurrida, después de reconocer que la Comisión infringió la obligación de confidencialidad establecida en el punto II.22, apartado 1, de las condiciones generales del FP 7 al comunicar a terceros información sobre la auditoría 11-INFS-025 (apartado 158 de la sentencia recurrida), niega sin causa en sus apartado 159 y 160 la petición de la demandante de que se declarara que la Comisión había incumplido la obligación de confidencialidad de las auditorías 11-INFS-025 y 11-BA119-016 (apartado 215 de las observaciones escritas de Rose Vision en el asunto T-45/13 RENV, de 12 de septiembre de 2016);

Error de casación consistente en la infracción de las previsiones contractuales de las condiciones generales del FP7 y del principio de seguridad jurídica contractual al dar por buena la aplicación a Rose Vision, por las auditorías 11-INFS-025 y 11-BA119-016, de nuevas exigencias contenidas en la Guía Financiera de 2011, siendo así que los periodos sometidos a la auditoría 11-INFS-025 fueron el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2009 a 31 de octubre de 2010 (para el proyecto FutureNEM) y entre el 1 de enero de 2010 y 31 de diciembre de 2010 (para los proyectos FIRST y sISI);

Error de casación consistente en la desnaturalización en la valoración de las pruebas, en concreto del documento de Rose Vision de 30 de agosto de 2012, que ha sido absolutamente ignorado por la sentencia recurrida;

Error de casación consistente en que la sentencia recurrida niega de manera equivocada la procedencia de una indemnización en concepto de responsabilidad extracontractual;

Error de casación consistente en la falta de motivación respecto de las alegaciones contenidas en el apartado XII de la demanda del asunto T-587/15, en cuyos apartados 112 a 117 se solicitaba una indemnización en concepto de responsabilidad contractual, que no han sido examinadas en absoluto por la sentencia recurrida.

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