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Recurso interpuesto el 22 de diciembre de 2017 — Comisión Europea / Hungría

(Asunto C-718/17)

Lengua de procedimiento: húngaro

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: A. Tokár y G. Wils, agentes)

Demandada: Hungría

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que Hungría ha incumplido sus obligaciones derivadas del artículo 5, apartado 2, de la Decisión (UE) 2015/1601 del Consejo al no comunicar, a intervalos regulares y, como mínimo, cada tres meses, el número de solicitantes que puede reubicar rápidamente en su territorio y, por consiguiente, que ha incumplido asimismo sus demás obligaciones en materia de reubicación establecidas en el artículo 5, apartados 4 a 11, de la misma Decisión.

Que se condene en costas a Hungría.

Motivos y principales alegaciones

Las dos Decisiones adoptadas por el Consejo en septiembre de 2015, a saber, la Decisión (UE) 2015/1523 1 del Consejo y la Decisión (UE) 2015/1601 2 del Consejo, establecieron un régimen de reubicación temporal y de emergencia, en cuyo marco los Estados miembros asumían la obligación de reubicar a personas necesitadas de protección internacional desde los territorios de Italia y de Grecia.

Las Decisiones del Consejo obligaban a los Estados miembros a ofrecer trimestralmente plazas para los solicitantes que pudieran ser reubicados, garantizando de este modo una tramitación rápida y ordenada del procedimiento de reubicación. Si bien casi todos los Estados miembros reubicaron a solicitantes y asumieron obligaciones en la materia, Hungría no ha adoptado ningún tipo de medida desde el comienzo del régimen de reubicación.

El 16 de junio de 2017, la Comisión incoó un procedimiento de infracción contra Hungría en relación con la Decisión (UE) 2015/1601 del Consejo.

Al considerar que la respuesta facilitada por Hungría no era satisfactoria, la Comisión pasó a la fase siguiente del procedimiento de infracción y, con fecha 26 de julio de 2017, remitió a Hungría un dictamen motivado.

Considerando asimismo insatisfactoria la respuesta al dictamen motivado, la Comisión decidió plantear el asunto ante el Tribunal de Justicia con el fin de que éste declare que Hungría ha incumplido las obligaciones que le incumben en materia de reubicación.

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1 Decisión (UE) 2015/1523 del Consejo, de 14 de septiembre de 2015, relativa al establecimiento de medidas provisionales en el ámbito de la protección internacional en favor de Italia y Grecia (DO 2015, L 239, p. 146).

2 Decisión (UE) 2015/1601 del Consejo, de 22 de septiembre de 2015, por la que se establecen medidas provisionales en el ámbito de la protección internacional en beneficio de Italia y Grecia (DO 2015, L 248, p. 80).